La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió parcialmente con lugar la apelación interpuesta por el Fisco Nacional contra la sentencia del Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario que había declarado con lugar el recurso contencioso tributario de COUTTENYE & CO. S.A. La Sala revocó el fallo apelado y anuló parcialmente la resolución culminatoria del sumario administrativo, dejando sin efecto el reparo a la deducción de intereses cancelados a instituciones financieras domiciliadas en el exterior, la sanción de multa impuesta y las liquidaciones por intereses compensatorios y actualización monetaria.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse acerca de la apelación interpuesta por la representación judicial del Fisco Nacional, contra la sentencia Nº 755 dictada en fecha 10 de octubre de 2000, por el Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente COUTTENYE & CO. S.A., contra los actos administrativos contenidos en la Resolución que pone fin al Sumario Administrativo dictada por el Gerente Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT), Nº GCE‐SA‐R‐96‐018, de fecha 28 de febrero de 1996, notificada el 29 del mismo mes y año, mediante la cual se confirman las Actas Fiscales Nros. “B”‐01‐01 y “B”-02‐01, ambas notificadas el 16 de enero de 1995, contentivas de los Reparos formulados al ejercicio comprendido entre el 1º de enero de 1991 al 31de diciembre de 1991, en materia de Impuesto Sobre la Renta, así como, contra las Planillas de Liquidación emitidas con base en aquella, identificadas H‐90 Nº 3921725, Nº de Liquidación 01‐1‐64‐000058 y H‐90 Nº 3974625, número de Liquidación 01‐1‐64‐000059, ambas fechadas el 28 de febrero de 1996 y notificadas el 29 del mismo mes y año.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Político- Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la apelación interpuesta por la abogada Dinorah Méndez Carvallo, en representación del Fisco Nacional, contra la sentencia Nº 755 dictada en fecha 10 de octubre de 2000, por el Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario, que se declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente COUTTENYE & CO. S.A., contra los actos administrativos contenidos en la Resolución que pone fin al Sumario Administrativo dictada por el Gerente Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT), Nº GCE‐SA‐R‐96‐018, de fecha 28 de febrero de 1996, notificada el 29 del mismo mes y año, mediante la cual se confirman las Actas Fiscales Nros. “B”‐01‐01 y “B”-02‐01, ambas notificadas el 16 de enero de 1995, contentivas de los Reparos formulados al ejercicio comprendido entre el 01 de enero de 1991 al 31de diciembre de 1991, en materia de Impuesto Sobre la Renta, así como, contra las Planillas de Liquidación emitidas con base en aquella, identificadas H‐90 Nº 3921725, Nº de Liquidación 01‐1‐64‐000058 y H‐90 Nº 3974625, número de Liquidación 01‐1‐64‐000059, ambas fechadas el 28 de febrero de 1996 y notificadas el 29 del mismo mes y año. Se ordena a la Administración Tributaria emitir las planillas de liquidación sustitutivas, atendiendo a lo ordenado en esta decisión.
Palabras clave
contencioso tributarioimpuesto sobre la rentadeducciónsanciónintereses compensatoriosnotificaciónresolución administrativafiscalización