Sentencia N° 1066 — Sala Político Administrativa del TSJ, 8 de agosto de 2002
TSJ/SPA, Sent. N° 01066, Exp. 02-0535, 13/08/2002
Expediente02-0535
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2002-08-08
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer de una demanda por cumplimiento de contrato interpuesta por Rosalba Lo Bue Antico contra la Gobernación del Estado Guárico. La Sala determinó que el contrato en cuestión era de naturaleza administrativa, lo que le confería competencia para conocer del caso. Se destacó que el contrato cumplía con las características esenciales de los contratos administrativos, incluyendo la presencia de un ente público y cláusulas exorbitantes.
Extracto de la motiva
En el presente caso se observa que se encuentran satisfechas las referidas características esenciales de los contratos administrativos. En efecto, en el contrato que nos ocupa una de las partes es la Gobernación del Estado Guárico; en cuanto a la presencia de cláusulas exorbitantes se observa que en la cláusula novena del contrato cuyo cumplimiento se solicita se estipuló: “Las partes convienen que el presente contrato podrá ser rescindido, unilateralmente por LA GOBERNACIÓN, cuando sus necesidades económicas, derechos e intereses así lo determinen, en virtud de ser un contrato de carácter administrativo”; y la finalidad de utilidad de servicio público se ve reflejada en el objeto del contrato, ya que a través del mismo la contratista se comprometió a la realización, publicación y distribución de un medio de comunicación institucional.
Dispositiva
Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACEPTA la competencia para conocer y decidir el presente caso. Se ordena remitir la presente causa al Juzgado de Sustanciación, a los fines de la continuación de la causa. Publíquese, regístrese y comuníquese. Notifíquese a las partes y a la Procuradora General de la República. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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