La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso contencioso tributario interpuesto por Almacenadora Luzpasan, C.A. contra una resolución del SENIAT. Se ordenó notificar a las partes del contenido del fallo y se establecieron los términos para la notificación. La sentencia concluyó que el juicio estaba terminado y se remitió el expediente al tribunal de origen.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Examinadas las actas procesales que se han descrito anteriormente, esta Sala observa lo siguiente: En fecha 4 de noviembre de 2009, esta Sala dictó decisión Nro. 01559, mediante la cual declaró: “(…) 1.- CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la sociedad mercantil ALMACENADORA LUZPASAN, C.A., contra la sentencia No..0470 dictada en fecha 10 de marzo de 2008 por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central. 2.- REVOCA la aludida decisión que declaró sin lugar el recurso contencioso tributario incoado por la aludida contribuyente. 3.- PRESCRITAS las obligaciones tributarias y sus accesorios por concepto de impuesto al consumo suntuario y a las ventas al mayor e impuesto sobre la renta, para los períodos impositivos comprendidos entre los meses de agosto
Dispositiva
1.- CONCLUIDO el presente juicio en el recurso contencioso tributario ejercido por la sociedad mercantil ALMACENADORA LUZPASAN, C.A., contra la Resolución Nro. GJT-DRAJ-A-2005-1140 de fecha 29 de abril de 2005, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT). 2.-REMÍTASE el expediente al Tribunal de origen.