La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer de la demanda interpuesta por las sociedades mercantiles HITO AGRO, S.A. y AGROPECUARIA EL CAUJARO, S.A. contra el extinto Instituto Agrario Nacional, actualmente Instituto Nacional de Tierras. La Sala determinó que, a pesar de la supresión del IAN, la competencia para conocer de la controversia se mantiene bajo su jurisdicción, reafirmando su capacidad para decidir sobre el caso en cuestión.
Extracto de la motiva
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA exhortar a las partes a dirimir este conflicto por vía de una resolución alternativa a la ordinaria, para lo cual se fijan las dos de la tarde (2:00 p.m.) del quinto día de despacho siguiente a la última de las notificaciones ordenadas, para que tenga lugar el acto en el cual cada uno exponga lo conducente.
Dispositiva
Exhortar a las partes a dirimir este conflicto por vía de una resolución alternativa a la ordinaria, para lo cual se fijan las dos de la tarde (2:00 p.m.) del quinto día de despacho siguiente a la última de las notificaciones ordenadas, para que tenga lugar el acto en el cual cada uno exponga lo conducente.