Sentencia N° 1060 — Sala Político Administrativa del TSJ, 27 de abril de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 01060, Exp. 2005-5255, 27/04/2006
Expediente2005-5255
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2006-04-27
DecisiónHomologado el desistimiento de la solicitud de avocamiento

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia admitió la solicitud de avocamiento presentada por la sociedad mercantil SISTEMA HIDRÁULICO YACAMBÚ QUIBOR C.A. y ordenó la remisión de los expedientes para su estudio. Posteriormente, se presentó un desistimiento de la solicitud de avocamiento por parte de los apoderados judiciales de la mencionada sociedad, quienes argumentaron que se había llegado a una transacción con los demandantes. La Sala, tras evaluar el desistimiento, decidió homologarlo, declarando que no contraviene el orden público ni está prohibido por la ley.

Extracto de la motiva

Por diligencias separadas de fecha 23 de marzo de 2006, el apoderado judicial de la sociedad mercantil SISTEMA HIDRÁULICO YACAMBÚ QUIBOR C.A., expuso lo siguiente: “Consigno original de transacción realizada ante la Notaría Pública Tercera de Barquisimeto, Estado Lara, con fecha 17/03/2006, mediante la cual el actor ALBANO POMPILIO COLMENAREZ y la empresa DELL’ACQUA C.A., ponen fin a los juicios intentados por aquél contra esta empresa y subsidiariamente contra mi representada SHYQCA. En la Cláusula Sexta de la transacción consta que el ex-trabajador desiste de su acción contra mi representada, razón por la cual ambas partes solicitan a esta Sala que devuelva el expediente contentivo del mencionado juicio a su tribunal de origen, a fin de que éste pueda proceder a la homologación de la presente transacción, de conformidad con lo previsto en el parágrafo único del artículo tercero de la Ley Orgánica del Trabajo y 10 de su reglamento, a los fines de la cosa juzgada. En nombre de mi representada y en vista de que la misma ha perdido todo interés procesal en el referido juicio en virtud de la mencionada transacción, desisto de la solicitud de avocamiento y solicito ante esta Sala que el expediente sea regresado a su tribunal de origen”. “Consigno original de transacción realizada ante la Notaría Pública Tercera de Barquisimeto, Estado Lara, con fecha 17/03/2006, mediante la cual el actor JOSÉ FAUSTINO TORREALBA AGUILAR y la empresa DELL’ACQUA C.A., ponen fin a los juicios intentados por aquél contra esta empresa y subsidiariamente contra mi representada SHYQCA. En la Cláusula Sexta de la transacción consta que el ex-trabajador desiste de su acción contra mi representada, razón por la cual ambas partes solicitan a esta Sala que devuelva el expediente contentivo del mencionado juicio a su tribunal de origen, a fin de que éste pueda proceder a la homologación de la presente transacción, de conformidad con lo previsto en el parágrafo único del artículo tercero de la Ley Orgánica del Trabajo y 10 de su reglamento, a los fines de la cosa juzgada. En nombre de mi representada y en vista de que la misma ha perdido todo interés procesal en el referido juicio en virtud de la mencionada transacción, desisto de la solicitud de avocamiento y solicito ante esta Sala que el expediente sea regresado a su tribunal de origen”.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DE LA SOLICITUD DE AVOCAMIENTO incoado por la representación judicial de la sociedad Mercantil SISTEMA HIDRÁULICO YACAMBÚ QUIBOR C.A., de las siguientes causas: 1.- Expediente identificado con el N° KP02-L-2003-1304 de la nomenclatura del Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, contentivo de la demanda interpuesta por el ciudadano ALBANO POMPILIO COLMENAREZ contra la sociedad Mercantil SISTEMA HIDRÁULICO YACAMBÚ QUIBOR C.A. 2.- Expediente identificado con el N° KP02-L-2003-1189 de la nomenclatura del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, contentivo de la demanda interpuesta por el ciudadano JOSÉ FAUSTINO TORREALBA AGUILAR contra la sociedad Mercantil SISTEMA HIDRÁULICO YACAMBÚ QUIBOR C.A. Remítanse los referidos expedientes a los Juzgados Sexto y Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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