La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la perención de instancia solicitada por el Municipio Chacao, debido a la inactividad procesal desde septiembre de 2007. La Sala ordenó notificar al Distrito Metropolitano de Caracas para que manifestara su interés en continuar con la causa en un plazo de treinta días. La decisión se fundamenta en la necesidad de mantener el interés en el proceso judicial.
Extracto de la motiva
Correspondería a esta Sala pronunciarse con relación a la perención de la instancia planteada por el Juzgado de Sustanciación y solicitada por la representación judicial del Municipio Chacao, en virtud de que la causa se encuentra paralizada desde el 19 de septiembre de 2007. Sin embargo, este procedimiento actualmente está en el estado de practicar la citación del Síndico Procurador del Municipio Chacao, en virtud de haberse decretado la reposición de la causa al estado de admisión. En tal sentido, ha sido criterio de este Alto Tribunal que en las causas en las que se ha producido una inactividad procesal, existe la posibilidad de extinción de la acción por pérdida del interés. En efecto, la Sala Constitucional ha señalado que el interés no sólo es esencial para la interposición de un recurso, sino que debe permanecer a lo largo de todo el proceso, al ser inútil y gravoso continuar con un juicio en el que no existe interesado (Vid. Sentencia N° 1.153 de fecha 08 de junio de 2006). Con fundamento en lo expuesto y visto que ha transcurrido un largo período desde la oportunidad en que la parte accionante actuó en el expediente, esta Sala Político-Administrativa ordena notificarla, a fin de que, dentro de un lapso de treinta (30) días continuos manifieste si conserva el interés en continuar con la presente causa. (Vid. sentencia SPA N° 01061 del 15 de julio de 2009).
Dispositiva
Atendiendo a los razonamientos antes expuestos, esta Sala Político-Administrativa Accidental del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ORDENA notificar al DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS, a fin de que dentro del lapso de treinta (30) días continuos, contados a partir de que conste en autos la notificación, manifieste su interés en continuar con la presente causa. Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado.