Sentencia N° 1059 — Sala Político Administrativa del TSJ, 6 de febrero de 2025

TSJ/SPA, Sent. N° 01059, Exp. 1997-13050, 26/11/2025
Expediente1997-13050
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoTercería
Fecha de la decisión2025-02-06
DecisiónExtinción de la acción por pérdida del interés procesal

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia Nro. 00006 el 6 de febrero de 2025, en la que se declaró la extinción de la acción por pérdida del interés procesal en la 'ACCIÓN PRINCIPAL DE TERCERÍA CONCURRENTE' interpuesta por la sociedad mercantil Inmobiliaria La Vivienda, C.A. (INLAVICA). La decisión se fundamenta en la inactividad procesal de más de 22 años por parte de la demandante, quien no manifestó interés en la continuación del proceso tras ser notificada de la sentencia que ordenaba su participación en el mismo.

Extracto de la motiva

motivado a la imposibilidad de realizar la notificación personal, y se advirtió que transcurridos diez (10) días calendario ininterrumpidos desde su fijación se consideraría notificada. El día 12 del mismo mes y año se, fijó en cartelera la boleta de notificación correspondiente y el 23 de noviembre de 2010, se retiró la misma y en consecuencia se tuvo por notificada a la sociedad mercantil Inmobiliaria La Vivienda, C.A. (INLAVICA). En fecha 28 de enero de 2014, se dejó constancia que el 14 de igual mes y año, reunidos los Magistrados de la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, se dejó constancia de la incorporación de la Tercera Suplente Magistrada María Carolina Ameliach Villarroel, a fin de suplir temporalmente la falta absoluta de la Magistrada Trina Omaira Zurita hasta que la Asamblea Nacional proceda a la designación definitiva del Magistrado (a) Titular, según lo dispuesto en los artículos 47 y 48 de la Ley que rige las funciones de este Alto Tribunal. La Sala quedó integrada de la IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela |

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL en la 'ACCIÓN PRINCIPAL DE TERCERÍA CONCURRENTE'.

Palabras clave

TerceríaExtinción de acciónInterés procesalContencioso-Administrativo

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