La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia admitió la demanda de nulidad interpuesta contra la Resolución 008610, que regula la actuación de la Fuerza Armada Nacional en el control de manifestaciones. Los demandantes argumentaron que dicha resolución vulnera derechos fundamentales, como el derecho a la vida y a la manifestación pacífica, al permitir el uso de armas de fuego en situaciones de control de orden público. Sin embargo, la Sala determinó que la resolución no infringe estos derechos, ya que establece principios de uso progresivo y diferenciado de la fuerza, y que el uso de armas de fuego está restringido a situaciones no pacíficas.
Extracto de la motiva
La Sala advierte que el acto impugnado está dirigido a todas las reuniones públicas y manifestaciones, pero solo permite el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas para el control de las manifestaciones no pacíficas y aun en ese caso, regula tales situaciones al ordenar un cúmulo de precauciones especiales a fin de proteger la vida y demás derechos humanos de los manifestantes y en general de toda la ciudadanía. Dentro de tales precauciones figuran el uso progresivo y diferenciado de la fuerza, la utilización de armas de fuego solo cuando sea inevitable y bajo las determinaciones que ahí se detallan, por parte de un personal militar calificado con formación especial en el área realizada anualmente e instruido en el manejo de técnicas de disuasión dotado de equipos, implementos, armas y accesorios autorizados por los organismos internacionales para el restablecimiento del orden público.
Dispositiva
1.- Su COMPETENCIA para conocer del recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo cautelar. 2.- ADMITE la demanda de nulidad. 3.- IMPROCEDENTE la medida cautelar de amparo constitucional solicitada por los accionantes.
Palabras clave
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