La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso especial de juridicidad interpuesto por Francisco Javier Tovar Montes contra la decisión de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. La decisión impugnada confirmaba una sentencia que había declarado sin lugar un recurso contencioso administrativo de nulidad contra una resolución de destitución del cargo de detective. La Sala argumenta que el recurso no cumple con los requisitos de admisibilidad establecidos por la ley.
Extracto de la motiva
En virtud de las precedentes consideraciones, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso especial de juridicidad incoado por la representación judicial del ciudadano FRANCISCO JAVIER TOVAR MONTES, contra la decisión No. 2010-01039, dictada el 22 de julio de ese mismo año por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que confirmó la sentencia s/n del 18 de septiembre de 2008 emanada del Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, por la que se declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto contra la Resolución N° 0042-2007 del 1° de octubre de 2007, emanada de la Dirección General del Instituto Autónomo de Policía del Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Miranda, mediante la cual se destituyó al accionante del cargo de “Detective”. Así se decide.
Dispositiva
En virtud de las precedentes consideraciones, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso especial de juridicidad incoado por la representación judicial del ciudadano FRANCISCO JAVIER TOVAR MONTES, contra la decisión No. 2010-01039, dictada el 22 de julio de ese mismo año por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que confirmó la sentencia s/n del 18 de septiembre de 2008 emanada del Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, por la que se declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto contra la Resolución N° 0042-2007 del 1° de octubre de 2007, emanada de la Dirección General del Instituto Autónomo de Policía del Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Miranda, mediante la cual se destituyó al accionante del cargo de “Detective”. Así se decide.