Sentencia N° 1058 — Sala Político Administrativa del TSJ, 2 de agosto de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 01058, Exp. 2010-0937, 03/08/2011
Expediente2010-0937
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2011-08-02
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar los recursos de apelación interpuestos por la Corporación Venezolana de Televisión, C.A. (VENEVISIÓN) y Cervecería Regional, C.A. contra la decisión de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo que había declarado con lugar el recurso de nulidad interpuesto por varias sociedades mercantiles. La Corte reafirma que la Superintendencia para la Promoción y Protección de la Libre Competencia debe abrir un procedimiento administrativo cuando se presuma la comisión de hechos violatorios de la ley, y que la inadmisión de la solicitud de las recurrentes fue incorrecta.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la Superintendencia para la Promoción y Protección de la Libre Competencia, en el acto administrativo recurrido, expuso que no existen suficientes indicios probatorios que hagan presumir la supuesta 'confabulación mediática' entre Regional y Venevisión, por cuanto dichas empresas podrían alegar que actuaron dentro de los principios constitucionales establecidos en los artículos 57 y 58 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, referidas una al derecho de libre expresión y el otro al derecho a la libre y plural comunicación. Por lo demás, pareciera lógico que la empresa Venevisión destaque con mayor énfasis que otros medios de comunicación, la información suministrada por la empresa Regional en rueda de prensa, por cuanto ambas forman parte de la misma organización empresarial. Así, la Corte estima que la Superintendencia debió abrir el procedimiento administrativo correspondiente, garantizando el derecho de petición de las sociedades mercantiles recurrentes.

Dispositiva

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR los recursos de apelación interpuestos por las sociedades mercantiles CORPORACIÓN VENEZOLANA DE TELEVISIÓN, C.A. (VENEVISIÓN) y CERVECERÍA REGIONAL, C.A., contra la decisión N° 2009-01641 dictada por la CORTE SEGUNDA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO el 14 de octubre de 2009. Se confirma el fallo apelado, en los términos aquí expuestos.

Palabras clave

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