Sentencia N° 1056 — Sala Político Administrativa del TSJ, 17 de octubre de 2018

TSJ/SPA, Sent. N° 01056, Exp. 2011-1242, 18/10/2018
Expediente2011-1242
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2018-10-17
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró con lugar el recurso de apelación interpuesto por Belkys Rocío Alvarado Ravelo, revocando la sentencia de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo que había declarado sin lugar el recurso de nulidad contra la Resolución Nro. 239.10 de la Superintendencia de Bancos. La Sala consideró que la recurrente había actuado conforme a las normas de auditoría al incluir un párrafo de incertidumbre en su dictamen, lo que evidenció que la Superintendencia incurrió en un falso supuesto al sancionarla por no abstenerse de opinar sobre los estados financieros del Banco Industrial de Venezuela.

Extracto de la motiva

La Sala Político-Administrativa advierte que la conducta asumida por la recurrente al momento de emitir el dictamen correspondiente, se ajustó a las normas regulatorias de su actividad, previstas en las Declaraciones de Normas de Auditoría (DNA) Nros. 0 y 11, en su orden, estudiadas previamente, sin que la Superintendencia se encontrara facultada, en este caso específico, para imponer un determinado tipo de opinión, máxime cuando la independencia en la actitud mental del auditor constituye un precepto profesional esencial para el desempeño de su labor. En consecuencia, delatado el anterior vicio de falso supuesto de hecho, sin que sea necesario arribar al resto de los alegatos formulados por la recurrente en su escrito libelar, esta Sala declara con lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad incoado. Por tanto, nulo el acto administrativo contenido en la Resolución Nro. 239.10 del 6 de mayo de 2010, emitida por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, hoy Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN). Así se decide.

Dispositiva

1.- CON LUGAR el recurso de apelación ejercido. 2.- REVOCA la sentencia Nro. 2011-1057 dictada el 13 de julio de 2011 por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. 3.- CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por los abogados Jesús Alberto Sol Gil, Karla D’Vivo Yusti, Rosa Ofelia Caballero Perdomo y Carlos José Almarza Parra, antes identificados, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la ciudadana BELKYS ROCÍO ALVARADO RAVELO, ya identificada, contra la Resolución Nro. 239.10 del 6 de mayo de 2010, emitida por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, hoy SUPERINTENDENCIA DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO (SUDEBAN). En consecuencia, NULO el acto administrativo impugnado.

Palabras clave

NulidadContencioso AdministrativoAuditoríaSuperintendencia de Bancos

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