La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de regulación de competencia presentado por los apoderados de BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A. contra un auto del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, que declaró su incompetencia territorial. La Sala determinó que el recurso debía ser corregido a regulación de jurisdicción y ordenó remitir el expediente a la Sala de Casación Civil, subsanando un error material en la remisión del expediente.
Extracto de la motiva
En primer lugar debe señalar esta Sala que en la presente causa se designó ponente a los fines de decidir el recurso de “regulación de jurisdicción”, sin embargo, del análisis efectuado al expediente se evidencia que se trata de una solicitud de “regulación de competencia”, por lo que de conformidad con el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, se corrige dicho error. Así se declara. Determinado lo anterior, se observa que de las actas que conforman el expediente se evidencia que el 29 de abril de 2003, el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, visto el recurso de regulación de competencia intentado por la parte actora contra la decisión de fecha 19 de diciembre de 2002, mediante la cual dicho Juzgado declaró su incompetencia por el territorio para conocer del juicio de ejecución de hipoteca de autos, ordenó la remisión de las actuaciones a la Sala de Casación Civil de este Máximo Tribunal, y posteriormente mediante oficio N° 2230 de fecha 14 de mayo de 2003, ordenó el envío de las copias certificadas del expediente a esta Sala Político-Administrativa, lo cual evidencia un error material del oficio de remisión del expediente respecto a la Sala destinataria, por lo cual de conformidad con el artículo 83 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, se subsana el error cometido, y se ordena remitir el expediente a la Sala de Casación Civil de este Máximo Tribunal, a los fines de que conozca del presente asunto.
Dispositiva
ORDENA REMITIR EL EXPEDIENTE A LA SALA DE CASACIÓN CIVIL DE ESTE MÁXIMO TRIBUNAL. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente a la referida Sala. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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