Sentencia N° 1053 — Sala Político Administrativa del TSJ, 20 de noviembre de 2025

TSJ/SPA, Sent. N° 01053, Exp. 2012-1884, 20/11/2025
Expediente2012-1884
PonenteEMILIO RAMOS GONZÁLEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2025-11-20
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia ordenó al Ministerio del Poder Popular de Comercio Exterior dar cumplimiento a la ejecución forzosa de la sentencia Nro. 00048 del 14 de febrero de 2019. Esta decisión se basa en la rectificación de extractos de la sentencia anterior, donde se estableció que el cumplimiento de la sentencia recaía en el nuevo ministerio competente tras la reorganización del gobierno. Se destacó la importancia de que el ministerio verifique si la solicitud de registro de inversión extranjera cumple con los requisitos legales establecidos.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre el escrito presentado en fecha 14 de agosto de 2025, por el abogado Frederick Cabrera, antes identificado, actuando como apoderado judicial de las sociedades mercantiles Amcor European Consolidated Holdings Limited y Amcor Flexibles Europa Sur, S.L. Unipersonal, mediante el cual indicó que “(…) el Ministerio del Poder Popular de Comercio Exterior (…) ha pasado a ser el competente para conocer de la solicitud. Por tanto, corresponde [a ese Ministerio] (i) verificar que la Solicitud cumple con los requisitos exigidos en el Decreto 2.095, como en efecto los cumple; y (ii) proceder a registrar el 100% de la nueva inversión extranjera directa del Inversionista en la compañía”, en razón a ello solicitó se “(…) ordene al Ministerio del Poder Popular de Comercio Exterior dar cumplimiento a la ejecución Forzosa de la Sentencia”. (Sic). (Corchetes de la Sala). En este sentido la Sala observa, que mediante sentencia número 00048 del 14 de febrero de 2019, esta Sala declaró con lugar la demanda de nulidad interpuesta por los representantes j

Dispositiva

ORDENA al MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE COMERCIO EXTERIOR, dar cumplimiento al fallo número 00048 dictado por esta Sala en fecha 14 de febrero de 2019. En tal sentido, dicho Ministerio deberá “analizar nuevamente la solicitud de registro de Inversión Extranjera Directa” requerida por la parte actora, a fin de verificar si cumple o no con “cada uno de los requisitos previstos en las leyes y reglamentos sobre la materia”.

Palabras clave

Ejecución ForzosaInversión ExtranjeraNulidad

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