Sentencia N° 1053 — Sala Político Administrativa del TSJ, 24 de septiembre de 2013

TSJ/SPA, Sent. N° 01053, Exp. 2012-0764, 26/09/2013
Expediente2012-0764
PonenteMónica Misticchio Tortorella
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2013-09-24
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia resolvió el recurso de apelación interpuesto por Igor Flasz Goldberg contra una sentencia que negó su oposición a una medida cautelar de embargo ejecutivo. La Sala confirmó la decisión del tribunal inferior, argumentando que Goldberg no demostró su falta de responsabilidad solidaria en las obligaciones tributarias de la sociedad mercantil Promociones 21212, C.A. La Sala destacó que el contrato de venta de acciones que alegaba su defensa no fue registrado, lo que impide su eficacia frente a terceros.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala conocer del recurso de apelación interpuesto por la abogada Denise Desiree Vargas Golindano, actuando como apoderada judicial del ciudadano Igor Flasz Goldberg, contra la sentencia interlocutoria dictada el 30 de marzo de 2012 por el Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó la oposición formulada por el prenombrado ciudadano a la medida cautelar de embargo ejecutivo decretada en fecha 15 de diciembre de 2011 y acordó reformar el Decreto de Embargo Ejecutivo incluyendo al ciudadano Domingo Aires Goncalves, como Administrador de la sociedad intimada y como responsable solidario de la misma. Alega esa representación judicial que la sentencia impugnada adolece del vicio de falso supuesto de hecho al suponer que su representado es responsable solidario de las obligaciones tributarias contraídas por la sociedad mercantil Promociones 21212, C.A, señalando que en fecha 4 de agosto de 2004, celebró un contrato de venta de acciones con el ciudadano Domingo Aires Goncalves, antes identificado, por ante la Notaría Pública Quinta del Distrito Capital y Estado Miranda, quedando anotado bajo el N° 18, Tomo 69 de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaría, el cual tuvo por objeto la venta de las acciones, la cesión de la administración en el giro comercial y disposición de los bienes de las compañías Promociones 21212 C.A., Promociones 18188, C.A. y Promociones BJ21, C.A. Denuncia que el sentenciador de instancia negó la oposición a la medida cautelar de embargo ejecutivo decretada el 15 de diciembre de 2011, por considerar que del contenido del expediente judicial se desprende que en fecha 1° de diciembre de 2009, el ciudadano Igor Flasz Goldberg, otorgó un poder al abogado Carlos Lorenzo Arellano Salas, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 138.496 actuando en su condición de Presidente de la sociedad mercantil Promociones 21212, C.A..

Dispositiva

En virtud de las consideraciones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la apoderada judicial del ciudadano Igor Flasz Goldberg, contra la sentencia interlocutoria dictada el 30 de marzo de 2012 por el Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó la oposición formulada por el prenombrado ciudadano a la medida cautelar de embargo ejecutivo decretada en fecha 15 de diciembre de 2011. En consecuencia, se CONFIRMA el fallo recurrido en los términos expuestos. Se CONDENA EN COSTAS al ciudadano Igor Flasz Goldberg como responsable solidario de las obligaciones tributarias de la sociedad mercantil Promociones 21212, C.A., en un monto equivalente al uno por ciento (1%) de la cuantía de la demanda de juicio ejecutivo del recurso contencioso tributario, conforme al dispositivo contenido en el artículo 327 del Código Orgánico Tributario vigente.

Palabras clave

embargo ejecutivoresponsabilidad solidariaobligaciones tributarias

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca