Sentencia N° 1053 — Sala Político Administrativa del TSJ, 2 de agosto de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 01053, Exp. 2011-0192, 03/08/2011
Expediente2011-0192
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2011-08-02
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia resolvió el recurso contencioso tributario interpuesto por LOGRACA, C.A. contra la decisión del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que había declarado parcialmente con lugar el recurso de apelación. La Sala determinó que la aplicación de las sanciones por incumplimiento de deberes formales debía ser calculada como una sola infracción, en lugar de aplicar las reglas del delito continuado. Se revocó la sentencia apelada en lo referente a la aplicación de las sanciones y se declaró con lugar el recurso del Fisco Nacional, manteniendo firme la multa impuesta a LOGRACA, C.A.

Extracto de la motiva

La Sala estima que la aplicación de los principios y garantías del derecho penal común, como es el establecido en el aludido artículo 99 del Código Penal, al ámbito del derecho tributario sancionador, únicamente tendría su justificación frente a un vacío u oscuridad de la ley tributaria, siempre y cuando ofrezca una solución compatible con las características propias del derecho tributario como ley especial. En virtud de lo anterior, conviene advertir que el Código Orgánico Tributario regula en su artículo 101 lo relativo a la aplicación de las sanciones por el acaecimiento de ilícitos formales, como en el presente caso, en el cual se verificó el incumplimiento de los requisitos establecidos en la Resolución No. 320 de fecha 28 de diciembre de 1999, publicada en la Gaceta Oficial No. 36.859, del 29 del mismo mes y año, al no señalar la contribuyente en cada factura si la operación fue de contado o a plazo.

Dispositiva

1.- DESISTIDA la apelación ejercida por la representación judicial de la contribuyente LOGRACA, C.A., contra la sentencia definitiva N° 0918 dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central el 13 de octubre de 2010. 2.- CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación del FISCO NACIONAL, contra la mencionada sentencia, la cual se REVOCA en lo referente a la aplicación de las reglas del delito continuado en los casos de sanciones por incumplimiento de deberes formales. 3.- SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente, por lo que queda FIRME la multa impuesta a su cargo por emitir facturas sin cumplir con las formalidades legales y reglamentarias, por la cantidad de un mil sesenta y cinco con cinco unidades tributarias (1.065,05 U.T.). 4.- FIRME por no haber sido apelado por la contribuyente y no desfavorecer al Fisco Nacional, lo concerniente a: 1) la improcedencia del alegato esgrimido, referido a la desaplicación del artículo 94 del Código Orgánico Tributario de 2001; 2) el incumplimiento de los deberes formales referentes a la emisión de facturas sin observar la totalidad de los parámetros legales y reglamentarios establecidos, a la realización de los libros de compras y ventas del impuesto al valor agregado, y a la declaración y pago extemporánea de dicho tributo para el período impositivo septiembre de 2005; y 3) los intereses moratorios determinados en el acto administrativo impugnado. Se EXIME de costas procesales a la contribuyente conforme a lo dispuesto en el presente fallo.

Palabras clave

Contencioso TributarioSancionesImpuesto al Valor Agregado

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