Sentencia N° 1052 — Sala Político Administrativa del TSJ, 26 de abril de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 01052, Exp. 2003-0863, 27/04/2006
Expediente2003-0863
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2006-04-26
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, revoca la medida de suspensión de efectos del acto de comiso dictada por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario. Se establece que no se cumplieron los requisitos de procedibilidad previstos en el artículo 263 del Código Orgánico Tributario, específicamente el fumus boni iuris y el periculum in damni. La Sala concluye que la actuación del juzgador de instancia no fue la de entregar la mercancía comisada, sino de ordenar a la Administración Tributaria que no ejecute el acto de comiso impugnado hasta que se produzca la sentencia definitiva en el juicio principal.

Extracto de la motiva

Vistos los recaudos remitidos en copias certificadas, por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, conforme al Oficio Nº 4.184 de fecha 16 de junio de 2003, y advertido que dichos recaudos se refieren a la medida cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo contenido en el Acta de Comiso S/N° de fecha 30 de octubre de 2002, emitido por la Gerencia de la Aduana Principal Aérea de Maiquetía, declarada con lugar por el juzgador de instancia, esta Sala debe hacer las siguientes consideraciones: De los registros llevados por esta Máxima Instancia, pudo constatarse que el mismo Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la entonces Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, mediante Oficio No. 3.974 de fecha 29 de febrero de 2003, envió a esta Sala copias certificadas del expediente No. 2.041 de la nomenclatura llevada por ese tribunal, con motivo de la apelación interpuesta en fecha 14 de febrero de 2003, por el abogado Gustavo Domínguez Moreno, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 5.927, actuando como sustituto de la Procuradora General de la República, en representación del FISCO NACIONAL; contra la sentencia interlocutoria dictada por el expresado Tribunal el 29 de enero de 2003, en la cual se decretó la suspensión de los efectos del acto administrativo contenido en el Acta de Comiso S/N de fecha 30 de octubre de 2002, levantada por la Gerencia de la Aduana Principal Aérea de Maiquetía, medida ésta solicitada mediante el recurso contencioso tributario ejercido por la sociedad mercantil DEPORTES EL MARQUEZ C.A., identificada supra. Asimismo, se pudo advertir que esta Sala Político-Administrativa, conforme a sentencia Nº 00607 de fecha 03 de junio de 2004, declaró con lugar el recurso de apelación ejercido en esa ocasión y revocó la medida de suspensión de efectos de la ejecución del acto de comiso acordada por ese Tribunal y, en consecuencia, improcedente la suspensión solicitada sobre la base de los requisitos previstos en el artículo 263 del citado Código Orgánico Tributario. Tal decisión la hizo sobre los siguientes argumentos: “El Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario, mediante Oficio No. 3.974 de fecha 29 de febrero de 2003, envió a esta Sala copias certificadas del expediente No. 2.041 de la nomenclatura de ese tribunal, con motivo de la apelación interpuesta en fecha 14 de febrero de 2003 por el abogado Gustavo Domínguez Moreno, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 5.927, actuando como sustituto de la Procuradora General de la República, en representación del FISCO NACIONAL; como consta de poder autenticado por ante la Notaría Pública Undécima del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 17 de octubre de 2002, anotado bajo el Nº 66, Tomo 207 de los libros respectivos llevados por esa Notaría, contra la sentencia interlocutoria dictada por el expresado Tribunal el 29 de enero de 2003, en la cual se decretó la suspensión de los efectos del acto administrativo contenido en el Acta de Comiso S/N de fecha 30 de octubre de 2002, levantada por la Gerencia de la Aduana Principal Aérea de Maiquetía, medida ésta solicitada mediante el recurso contencioso tributario ejercido por la sociedad mercantil DEPORTES EL MARQUEZ C.A., de este mismo domicilio, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 24 de enero de 1986, bajo el No. 31, Tomo No. 15-A-Pro., siendo su última modificación la registrada el 21 de noviembre de 2000, bajo el No. 2, Tomo 209-A-Pro.”.

Dispositiva

En virtud de las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1. CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado Gustavo Domínguez Moreno, antes identificado, actuando como sustituto de la Procuradora General de la República, en representación del FISCO NACIONAL, contra la sentencia interlocutoria dictada por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario, en fecha 29 de enero de 2003, mediante la cual se declaró con lugar la suspensión de los efectos de la ejecución del acto de comiso s/n de fecha 30 de octubre de 2002. 2. En consecuencia, se REVOCA la medida de suspensión de efectos de la ejecución del acto de comiso, acordada por el Tribunal a quo en decisión de fecha 29 de enero de 2003, por cuanto no se cumplieron los dos requisitos de procedibilidad previstos en el artículo 263 del Código Orgánico Tributario, en los términos de este fallo.

Palabras clave

comisosuspensiónefectosacto administrativorecurso contenciosoTribunal SupremoFisco Nacional

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