El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, confirma la decisión del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por MOTORES CABRIALES, S.A. contra la Resolución de Imposición de Sanción Nro. SNAT/INTI/GRTI/RCNT/2770/2009-00625. Se argumenta que la Administración Tributaria vulneró el derecho a la defensa y al debido proceso al modificar los fundamentos de la sanción sin notificar adecuadamente a la contribuyente sobre los incumplimientos específicos. La sentencia anula la resolución impugnada y establece que no procede la condena en costas a la República.
Extracto de la motiva
El Tribunal observa que la Resolución de Imposición de Sanción no refleja las razones de hecho ni de derecho que llevaron a la Administración Tributaria a modificar los fundamentos de su actuación, lo que vulnera el derecho a la defensa de la contribuyente. Se concluye que la incoherencia entre el acta fiscal y la resolución sancionatoria impide que esta última se sustente adecuadamente, resultando en la nulidad de la resolución impugnada.
Dispositiva
1) CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº SNAT/INTI/GRTI/RCNT/2770/2009-00625 del 05 de octubre de 2009. 2) NULA la Resolución de Imposición de Sanción Nº SNAT/INTI/GRTI/RCNT/2770/2009-00625. 3) IMPROCEDENTE la condenatoria al pago de las costas procesales al SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT).
Palabras clave
Contencioso TributarioSanciónDerecho a la DefensaDebido Proceso