Sentencia N° 1048 — Sala Político Administrativa del TSJ, 27 de octubre de 2010

TSJ/SPA, Sent. N° 01048, Exp. 2009-0118, 28/10/2010
Expediente2009-0118
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2010-10-27
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Político-Administrativa, decidió sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la Contraloría General de la República contra la sentencia N° 1272 del 12 de julio de 2007. La controversia se centró en la legalidad del rechazo de deducciones de costos por la adquisición de Títulos de Estabilización Monetaria (TEM) y la correcta aplicación del tipo de cambio. La Sala confirmó que la Contraloría no había presentado pruebas suficientes para desvirtuar la deducción de costos, y ordenó una nueva determinación conforme a los valores indicados por el Banco Central de Venezuela.

Extracto de la motiva

El Tribunal observa que la Contraloría General de la República no presentó pruebas suficientes para desvirtuar la deducción de costos por la adquisición de Títulos de Estabilización Monetaria (TEM). Se destaca que, aunque no existían facturas, sí había documentación supletoria que respaldaba las operaciones. La Sala concluye que es contradictorio gravar los ingresos percibidos por la venta de esos instrumentos sin considerar el costo de adquisición. Además, se confirma que la diferencia en el valor de la liquidación de la divisa para calcular el ingreso gravable es de dos bolívares, no de uno, como alegaba la Contraloría.

Dispositiva

Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Contraloría General de la República contra la sentencia 1272 de fecha 12 de julio de 2007, dictada por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se CONFIRMA el referido fallo. Se ORDENA a la Contraloría General de la República realizar una nueva determinación conforme los valores indicados por el Banco Central de Venezuela, con relación al valor de la liquidación de la divisa para calcular el ingreso gravable, atendiendo a los parámetros de reconversión contemplados en el Decreto N° 5.229.

Palabras clave

Contencioso TributarioTítulos de Estabilización MonetariaContraloría General de la RepúblicaInverworld Sociedad de Corretaje

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