Sentencia N° 1045 — Sala Político Administrativa del TSJ, 6 de agosto de 2002
TSJ/SPA, Sent. N° 01045, Exp. 01-0179, 07/08/2002
Expediente01-0179
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2002-08-06
DecisiónSin Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político Administrativa, resolvió el recurso contencioso administrativo interpuesto por Alberto José Ramos Díaz contra el acto administrativo del Ministro de la Defensa, que confirmaba su pase a la situación de retiro con los beneficios correspondientes al grado de Capitán de Navío. La Sala consideró que el acto administrativo impugnado se ajustaba a derecho, ya que el recurrente no agotó la vía administrativa adecuada para cuestionar su pase a retiro.
Extracto de la motiva
Siendo la oportunidad para decidir el presente recurso de nulidad, esta Sala antes de entrar a conocer de los alegatos del recurrente, considera necesario realizar las siguientes consideraciones previas. A saber: Conforme a lo narrado en los apartes anteriores de este fallo, reclama el recurrente la pensión que con ocasión de su pase a la situación de retiro le fue asignada, por ser ésta la correspondiente al grado de Capitán de Navío, cuando a su juicio, debió asignársele la relativa al grado de Contralmirante, por poseer un alto potencial para el ascenso, de conformidad con el artículo 181 de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas Nacionales. No reclama el actor, el pase a la situación de retiro, dado que éste le fue acordado, a solicitud suya. Ahora bien, el acto administrativo que acuerda su pase a la situación de retiro, esto es, la Resolución Nº DG-2790 del 3 de agosto de 1999 del Ministro de la Defensa, nada señala respecto de las condiciones sociales de las que es acreedor el actor, en su nueva situación dentro de la Fuerza Armada Nacional. Por tanto, la mencionada resolución no constituye el objeto del presente recurso. En efecto, del petitum del libelo se desprende claramente que el acto administrativo cuya nulidad se pretende, es decir, el acto que constituye el objeto del presente recurso es el “...el contenido en el Oficio Nº DS- 872 de fecha 15 de febrero de 2001, suscrito por el Ministro de la Defensa, mediante el cual confirma la negativa del Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas en otorgarle al Capitán de Navío ALBERTO JOSÉ RAMOS DÍAZ los beneficios señalados en el artículo 181 de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas Nacionales...”. Esta resolución ministerial declaró inadmisible por extemporáneo el recurso jerárquico interpuesto por el recurrente contra la Comunicación Nº 080.500/233 del 8 de mayo de 2000 emitida por el Presidente de la Junta Administradora del IPSFA; inadmisibilidad declarada sobre la base de la extemporaneidad en el ejercicio por parte del actor, del recurso de reconsideración ante la Junta Administradora del IPSFA.
Dispositiva
Por los razonamientos expuestos, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de anulación interpuesto por el apoderado judicial de ciudadano ALBERTO JOSÉ RAMOS DÍAZ contra el acto administrativo contenido en el Oficio Nº DS-872 de fecha 15 de febrero de 2001, suscrito por el Ministro de la Defensa, confirmatorio de la decisión del Presidente de la Junta Administradora del Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas, relativa a las condiciones socioeconómicas mediante las cuales fue pasado a la situación de retiro. Publíquese, regístrese y comuníquese. Devuélvanse las actas administrativas y archívense las judiciales.
Palabras clave
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