La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad Agencia Marítima Venezuela, C.A. (AMARVEN) contra la decisión del SENIAT que declaró inadmisible un recurso jerárquico. La sentencia confirma la improcedencia de la sanción impuesta a AMARVEN por no registrar electrónicamente el manifiesto de carga debido a problemas técnicos con el sistema SIDUNEA, argumentando que la empresa cumplió con la entrega manual de la documentación requerida. La Sala determinó que la falta de transmisión electrónica no constituyó un impedimento para el ejercicio de la potestad aduanera, por lo que se anula la sanción y se confirma la decisión de instancia.
Dispositiva
Se declara parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario ejercido por la sociedad mercantil AGENCIA MARÍTIMA VENEZUELA, C.A. (AMARVEN) contra la Resolución Nro. SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2013-0541 del 30 de septiembre de 2013, que declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto contra la Decisión Administrativa Nro. SNAT/INA/GAP/APLPP/AAJ/M/2013/030 del 7 de marzo de 2013. Se anula la confirmatoria de la Decisión Administrativa Nro. SNAT/INA/GAP/APLPP/AAJ/M/2013/030 y su respectiva Planilla Liquidación Nro. 1390320120 del 5 de abril de 2013, en razón de ser improcedente la pena pecuniaria impuesta a la compañía actora.