Sentencia N° 1043 — Sala Político Administrativa del TSJ, 8 de julio de 2003

TSJ/SPA, Sent. N° 01043, Exp. 2001-0036, 09/07/2003
Expediente2001-0036
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2003-07-08
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la perención de la instancia en un recurso contencioso administrativo interpuesto por HILANDERÍAS SINTÉTICAS DEL TUY C.A. contra una resolución del Ministerio de Finanzas. Se constató que no hubo actividad procesal durante más de un año, lo que llevó a la Sala a declarar la perención de la instancia y extinguir el proceso. La decisión apelada se mantuvo firme.

Extracto de la motiva

La perención de la instancia opera por la inactividad procesal de las partes, es decir, la no realización de actos de procedimiento destinados a mantener en curso el proceso, en un periodo de al menos un año, de acuerdo a lo establecido en el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia o cuando transcurre el lapso previsto en los supuestos de hecho del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Al respecto, examinadas las actas que componen el presente expediente, se constata que la última actuación de impulso del procedimiento fue realizada el 8 de agosto de 2001, fecha en la cual el apoderado judicial de la recurrente solicitó que se decidiera la incidencia planteada. Ahora bien, aun cuando la causa se encontraba en estado de decidir la solicitud de reposición formulada por la Procuraduría General de la República, pues el procedimiento que corresponde no exige la realización de actuaciones especiales luego de nombrado ponente, ello no impedía que las partes hubiesen podido diligenciar solicitando decisión. Por lo tanto, al no existir actividad de impulso procesal alguna en el presente caso, dirigida a movilizar y mantener en curso el proceso, evitando con ello su eventual paralización durante un lapso mayor de un año, según lo previsto en las normas antes citadas, resulta forzoso para esta Sala declarar de oficio la perención de la instancia y así se decide.

Dispositiva

Esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa. Queda así, firme la decisión apelada. Publíquese, regístrese y comuníquese. Devuélvase el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

perención de instanciainactividad procesalrecurso contencioso administrativodecisión firme

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca