Sentencia N° 1042 — Sala Político Administrativa del TSJ, 6 de agosto de 2002

TSJ/SPA, Sent. N° 01042, Exp. 12764, 07/08/2002
Expediente12764
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2002-08-06
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible la acción de intimación interpuesta por Rafael Enrique Monserrat Prato en representación de Jan Jankovich Warenits contra el Banco Central de Venezuela. La decisión se fundamenta en la existencia de una cuestión prejudicial relacionada con la titularidad de los Títulos de Estabilización Monetaria, que se encuentra en un proceso penal separado. La Sala determinó que el proceso civil debía suspenderse hasta que se resolviera la cuestión penal, ya que la decisión sobre la titularidad de los títulos influiría en el resultado del juicio civil.

Extracto de la motiva

La Sala ha venido sosteniendo, lo cual en esta oportunidad se reitera, la improcedencia o inaplicabilidad del procedimiento de intimación (artículo 640 y ss. del Código de Procedimiento Civil), dentro del contencioso administrativo de las demandas contra los entes públicos, toda vez que dicho procedimiento exige una serie de garantías o prerrogativas a favor de la Administración, y también específicas obligaciones de ésta, que se encuentran ausentes en aquél procedimiento especial. En otras palabras, las características y efectos que son propios del procedimiento intimatorio que tiene una cognición reducida, y un carácter sumario, dispuesto a favor de quien tenga derechos de créditos que hacer valer, asistidos por una prueba escrita, lo cual a su vez autoriza al Juez, para que inaudita altera parte -sin oír a la otra parte-, emita un decreto con el que impone al deudor que cumpla su obligación, y de no producirse oposición al decreto intimatorio, en forzosa consecuencia, éste pasa a ser definitivo e irrevocable, hacen que éste sea incompatible con la naturaleza, principios y presupuestos del proceso contencioso administrativo.

Dispositiva

PRIMERO: INADMISIBLE la presente acción de intimación interpuesta por el ciudadano Rafael Enrique Monserrat Prato, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JAN JANKOVICH WARENITS, contra el BANCO CENTRAL DE VENEZUELA. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte actora por haber resultado totalmente vencida en el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, aplicable de conformidad a lo pautado en el articulo 88 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado. Archívese el expediente.

Palabras clave

intimacióntítulos de estabilización monetariacuestión prejudicialBanco Central de Venezuelaacción de nulidadproceso penallegitimidad activa

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