La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la demanda de nulidad interpuesta por el ciudadano Tobías Nóbrega Suárez contra un auto decisorio del Director de Determinación de Responsabilidades. La demanda fue admitida y se solicitó la suspensión de efectos del auto impugnado. La Sala constató que se habían realizado múltiples solicitudes para que el acto de informes se efectuara de forma oral, lo cual no fue atendido adecuadamente.
Extracto de la motiva
Conforme a lo anterior, al presentarse tempestivamente la referida solicitud se debió fijar los informes orales, tal como lo establece el artículo 85 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, razón por la cual esta Sala en aras de garantizar una tutela judicial efectiva, repone la causa a los fines que la Secretaría de este Órgano Jurisdiccional fije la oportunidad para los informes orales, una vez practicada la notificación de las partes. Así se decide.
Dispositiva
REPODE la causa al estado que la Secretaría de esta Máxima Instancia, una vez notificadas las partes, fije la oportunidad para los informes orales conforme fue solicitado por los apoderados judiciales del ciudadano TOBÍAS NÓBREGA SUÁREZ.