Sentencia N° 104 — Sala Político Administrativa del TSJ, 14 de febrero de 2012

TSJ/SPA, Sent. N° 00104, Exp. 2010-0380, 15/02/2012
Expediente2010-0380
PonenteMÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2012-02-14
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional contra la sentencia N° 1.647 del Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario, que había declarado la prescripción de la obligación tributaria. La Sala argumenta que la cuantía de la causa no supera el umbral requerido para la procedencia del recurso de apelación, conforme a lo establecido en el Código Orgánico Tributario. Además, se revoca el auto que admitió la apelación en ambos efectos y se confirma la firmeza de la sentencia recurrida.

Extracto de la motiva

De acuerdo a los argumentos reseñados y de la información contenida en las actas, observa la Sala que la presente controversia se contrae a verificar en segunda instancia los presuntos vicios de incongruencia y falso supuesto en que incurrió el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en sentencia N° 1.647, de fecha 02 de noviembre de 2009, en la cual declaró “LA PRESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA PRINCIPAL Y DE SUS ACCESORIOS POR INACTIVIDAD PROCESAL”, en el marco de un recurso contencioso tributario incoado por el apoderado judicial de la sociedad mercantil Licorería La Florida, C.A. contra la Resolución N° HJI-100-000149 de fecha 08 de marzo de 1994, emanada de la entonces GERENCIA JURÍDICO IMPOSITIVA DEL MINISTERIO DE HACIENDA, en la cual declaró parcialmente con lugar el recurso jerárquico interpuesto contra la Resolución de Sumario Administrativo N° HCF-SA-406 del 21 de octubre de 1991, emanada de la entonces División de Sumario Administrativo de la Dirección de Control Fiscal perteneciente a la Dirección General Sectorial de Rentas del prenombrado Ministerio y, en consecuencia, ajustó el reparo fiscal formulado a su cargo y liquidó intereses, por los montos y conceptos descritos anteriormente.

Dispositiva

1.- INADMISIBLE el recurso de apelación ejercido por el FISCO NACIONAL contra la sentencia N° 1.647, dictada en fecha 02 de noviembre de 2009 por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 2.- SE REVOCA el auto dictado por el referido tribunal en fecha 25 de febrero de 2010, mediante el cual oyó en ambos efectos la apelación incoada por el Fisco Nacional contra la aludida decisión. 3.- NO PROCEDE la consulta del referido fallo. 4.- QUEDA FIRME la sentencia N° 1.647, dictada el 02 de noviembre de 2010 por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

prescripciónobligación tributariainactividad procesalrecurso de apelación

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