Sentencia N° 1039 — Sala Político Administrativa del TSJ, 13 de junio de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 01039, Exp. 2007-0506, 14/06/2007
Expediente2007-0506
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2007-06-13
DecisiónNO ACEPTA LA COMPETENCIA

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la declinatoria de competencia realizada por la Corte de Apelaciones en un recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por dos concejalas del Municipio Alto Orinoco. La Corte declinó la competencia argumentando un conflicto de autoridades, lo que llevó a la Sala a revisar la naturaleza del recurso y la competencia correspondiente. Finalmente, la Sala declaró que no aceptaba la competencia para conocer del caso, remitiéndolo a la Corte de Apelaciones.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Corte pronunciarse acerca de su competencia para conocer del Recurso Contencioso de Nulidad por Ilegalidad ejercido conjuntamente con Amparo Cautelar y Suspensión de Efectos, y a tal efecto se observa: En el caso sometido a nuestro conocimiento, la parte actora recurre la nulidad de un acto administrativo dictado por una supuesta autoridad manifiestamente incompetente, observando este Tribunal, luego de un estudio exhaustivo de las actas que conforman la presente causa, que se está en presencia de un conflicto de autoridades, dado que en el petitorio del escrito libelar, se solicitó ‘se le ordene a la Cámara Municipal Paralela abstenerse de se (sic) seguir sesionando hasta tanto sea decidido el presente recurso (…) Que se le ordene al ciudadano Alcalde del Municipio Alto Orinoco del Estado Amazonas, suspenderles el pago de las dietas a los concejales que forman la Cámara Municipal Paralela. (…)Ordenarle al ciudadano Alcalde permitirle el acceso a las instalaciones del Salón de Sesiones del Consejo (sic) Municipal a la Cámara Municipal legítimamente constituida, para que sesionen y puedan cumplir con sus funciones para lo cual fueron electos…’. de lo que se desprende, que en el Municipio Alto Orinoco existan dos Cámaras Municipales, una que la parte querellante denomina paralela, la cual alega la recurrente, fue nombrada por una autoridad incompetente, y la otra como legítimamente constituida.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: NO ACEPTA LA COMPETENCIA para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud cautelar de amparo constitucional y medida cautelar innominada, por las ciudadanas YENNIFER DEL CARMEN MARTÍNEZ YURIYURI y DIANA MAGALY COLINA, contra el acto administrativo contenido en el Acta N° 1 celebrada en fecha 16 de enero de 2007, por el Concejo Municipal del Municipio Alto Orinoco del Estado Amazonas. SEGUNDO: Que corresponde a la Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, el conocimiento del presente caso. Publíquese, regístrese y comuníquese. Devuélvase el expediente al tribunal de origen a los fines de que la causa siga su curso de Ley. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

recurso contencioso administrativonulidadcompetenciaCámara Municipalactos administrativosderechos políticosConstituciónEstado Amazonas

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