Sentencia N° 1037 — Sala Político Administrativa del TSJ, 13 de octubre de 2016

TSJ/SPA, Sent. N° 01037, Exp. 2013-1608, 18/10/2016
Expediente2013-1608
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2016-10-13
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió parcialmente a favor de Alfonzo Rivas & Cía, C.A., revocando la improcedencia de la eximente de responsabilidad penal tributaria y anulando la multa impuesta. Se confirmó la decisión de improcedencia respecto a la denuncia de falso supuesto de derecho y la violación del principio de capacidad contributiva. La Sala determinó que el rechazo de la deducción del Impuesto a las Transacciones Financieras era correcto, y que los intereses moratorios eran exigibles. La sentencia establece la necesidad de que la Administración Tributaria emita las planillas de liquidación sustitutivas.

Extracto de la motiva

La Sala ha considerado en múltiples oportunidades que dicha circunstancia eximente consiste en la equivocada aplicación o interpretación de la ley, o en errores de su apreciación que traen como consecuencia la posibilidad de cometer faltas con carácter excusable al momento de aplicar la ley tributaria. En el presente caso, consta de las actas procesales que conforman el expediente, específicamente del Informe Fiscal N° SNAT/INTI/GRTI/CE/RC/DF/2010/ISLR/0027-09, de fecha 2 de agosto de 2011, en el cual se expuso lo siguiente: 'El alcance de la presente actuación fiscal se limita a los hechos comprobados, en materia de impuesto sobre la renta, para los ejercicios fiscales finalizados en 2008 y 2009 específicamente al elemento constitutivo de la base imponible Costo y Deducciones y no limita ni condiciona las facultades de fiscalización de la Administración Tributaria respecto a otros elementos de la base imponible, no cubiertos por la presente investigación fiscal...'.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la contribuyente ALFONZO RIVAS & CÍA, C.A., contra la sentencia definitiva N° 020/2013 de fecha 21 de junio de 2013, dictada por el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, motivo por el cual: a) REVOCA el pronunciamiento que declaró la improcedencia de la causal eximente de responsabilidad penal tributaria establecida en el artículo 171 numeral 3 de la Ley de Impuesto Sobre La Renta de 2007, aplicable ratione temporis. b) CONFIRMA del fallo anterior los pronunciamientos mediante los cuales se declaró: i) improcedente la denuncia de falso supuesto de derecho por errada interpretación del artículo 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Impuesto a las Transacciones Financieras de las Personas Jurídicas y Entidades Económicas sin Personalidad Jurídica del año 2007; ii) improcedente la violación del Principio de capacidad contributiva; iii) el rechazo de la causa eximente de responsabilidad penal tributaria establecida en el artículo 85, numeral 4 del Código Orgánico Tributario de 2001; iv) la improcedencia de la denuncia de inconstitucionalidad de la multa impuesta con fundamento en el artículo 94, parágrafo segundo del referido Código Orgánico Tributario y en consecuencia su desaplicación y, v) la procedencia de los intereses moratorios liquidados.

Palabras clave

Contencioso TributarioImpuesto a las Transacciones FinancierasCapacidad ContributivaEximente de Responsabilidad Penal Tributaria

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca