Sentencia N° 1035 — Sala Político Administrativa del TSJ, 22 de septiembre de 2015

TSJ/SPA, Sent. N° 01035, Exp. 2013-0053, 23/09/2015
Expediente2013-0053
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2015-09-22
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por DISTRIBUIDORA Y PROCESADORA DE CARNES, C.A. (DISPROCAR, C.A.) contra la Resolución Culminatoria de Sumario Administrativo del Fisco Nacional. La decisión revoca las multas impuestas y ordena recalcularlas aplicando correctamente las reglas de concurrencia establecidas en el Código Orgánico Tributario. Además, se desestima el alegato de violación al debido proceso y se confirma la desestimación del control difuso de constitucionalidad sobre el artículo 94 del Código Orgánico Tributario.

Extracto de la motiva

En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación del FISCO NACIONAL contra la sentencia definitiva No. 354-2010 del 10 de diciembre de 2010, dictada por el Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana, en consecuencia: 1.2.- Se REVOCA la decisión objeto de análisis en lo referente a la aplicación de las reglas del delito continuado. 2.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario ejercido por el representante legal de la sociedad de comercio DISTRIBUIDORA Y PROCESADORA DE CARNES, C.A. (DISPROCAR, C.A.) contra la Resolución Culminatoria de Sumario Administrativo No. SNAT/INTI/GRTI/RZU/DSA/2009/500015 del 9 de junio de 2009; en consecuencia, se ORDENA a la Administración Tributaria calcular nuevamente las sanciones de multa originalmente impuestas en el acto administrativo impugnado, aplicando correctamente las reglas de la concurrencia establecidas en el artículo 81 del Código Orgánico Tributario de 2001.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1. PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la contribuyente DISTRIBUIDORA Y PROCESADORA DE CARNES, contra la Resolución No. SNAT/INTI/GRTI/RZU/DSA/2009/500015 emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Zuliana del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) en fecha 09 de junio de 2009, por las razones expuestas en esta sentencia, y en consecuencia: a. Se revocan las multas impuestas por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Zuliana del SENIAT, por Bs F.513.278,00 (9332,34 Unidades Tributarias) en razón de haberse verificado la procedencia de la aplicación de la Teoría del Delito Continuado y se impone una única multa por 256,31 Unidades Tributarias, la cual deberá ser calculada en Bolívares Fuertes tomando en cuenta el valor de la Unidad Tributaria vigente para el momento del pago. b. Se confirman el resto de las obligaciones tributarias y accesorios determinadas en la resolución impugnada. 2. No hay condena en costas, en razón del dispositivo de este fallo.

Palabras clave

Contencioso TributarioImpuesto al Valor AgregadoDebido ProcesoTeoría del Delito Continuado

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