Sentencia N° 1034 — Sala Político Administrativa del TSJ, 18 de septiembre de 2013

TSJ/SPA, Sent. N° 01034, Exp. 2009-0878, 19/09/2013
Expediente2009-0878
PonenteMónica Misticchio Tortorella
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2013-09-18
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia aceptó la competencia para conocer la demanda por indemnización de daños y perjuicios interpuesta por el abogado Carlos Lorenzo Bermúdez en representación de varios ciudadanos contra FUNDAYACUCHO. Se admitió la demanda, pero la parte demandante no compareció a la audiencia preliminar, lo que llevó al juzgado a declarar el desistimiento del procedimiento según lo establecido en el artículo 60 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Finalmente, la Sala declaró desistido el procedimiento en la demanda.

Extracto de la motiva

El artículo 60 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.447 del 16 de junio de 2010, reimpresa por error material en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.451 de fecha 22 de junio del mismo año, dispone expresamente: 'Ausencia de las partes Artículo 60. Si el demandante no compareciere a la audiencia preliminar, se declarará desistido el procedimiento. El desistimiento del procedimiento sólo extingue la instancia y el demandante podrá volver a proponer nueva demanda inmediatamente. Si el demandado no compareciere a la audiencia preliminar, la causa seguirá su curso'. De la norma antes transcrita se desprende que el legislador previó -en el procedimiento de demandas de contenido patrimonial- la figura del desistimiento del procedimiento como consecuencia jurídica para aquellos supuestos en que el demandante no compareciere a la audiencia preliminar fijada por el tribunal, en este caso, por el Juzgado de Sustanciación de la Sala.

Dispositiva

Por los razonamientos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el procedimiento en la demanda que, por indemnización de daños y perjuicios, incoara el apoderado judicial de los ciudadanos FREDDY OMAR SUESCUM MÉNDEZ, LUIS BUSTAMANTE MEDINA y otros, contra la FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO Y MEJORAMIENTO DEL MUNICIPIO AYACUCHO (FUNDAYACUCHO). Publíquese, regístrese y comuníquese. Notifíquese al Municipio Ayacucho del Estado Táchira en las personas del Síndico Procurador Municipal y Alcalde, de conformidad con lo establecido en el artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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