El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, confirma la sentencia N° 1.719 del 30 de marzo de 2015, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad Calzado Doria, C.A. contra la Resolución N° SNAT/GGSJ/GR/DRAAT-2013-0865 del 30 de diciembre de 2013, que había declarado sin lugar un recurso jerárquico. La Sala considera que la Administración Tributaria incurrió en un vicio de falso supuesto de derecho al imponer una sanción pecuniaria a la contribuyente, que no realizó operaciones sujetas a retención durante el período correspondiente, y que la norma no sanciona el incumplimiento de la presentación de la declaración informativa.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Alzada de conformidad con el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República de 2015 (hoy artículo 84 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República de 2016) conocer en consulta la decisión definitiva N° 1.719 de fecha 30 de marzo de 2015, mediante la cual el Tribunal de instancia declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por la sociedad de comercio Calzado Doria, C.A. y en consecuencia, nula la Resolución impugnada al considerar que el órgano exactor incurrió en el vicio de falso supuesto de derecho al imponer a la contribuyente la sanción pecuniaria prevista en el artículo 113 del Código Orgánico Tributario de 2001, aplicable ratione temporis, no obstante que: a) la nombrada empresa no realizó operaciones sujetas a retención durante la primera quincena del mes de enero de 2004 y b) la norma en cuestión no sanciona el incumplimiento del deber formal consistente en presentar la declaración informativa de sus compras y de las retenciones del impuesto al valor agregado en el período impositivo correspondiente.
Dispositiva
1.- Que PROCEDE LA CONSULTA de la sentencia definitiva N° 1.719 del 30 de marzo de 2015, mediante la cual el Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto con solicitud de medida de suspensión de efectos por la sociedad mercantil CALZADO DORIA, C.A. 2.- Conociendo en consulta, se CONFIRMA la sentencia objeto de análisis. 3.- CON LUGAR el recurso contencioso tributario incoado contra la Resolución N° SNAT/GGSJ/GR/DRAAT-2013-0865 de fecha 30 de diciembre de 2013, notificada el 27 de enero de 2014, emanada de la Gerencia de Recursos de la Gerencia General de Servicios Jurídicos del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), que declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto contra la Providencia Administrativa N° SNAT/INTI/GRTICERC/DJT/2009/1825-2058 del 29 de septiembre de 2009 emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del nombrado Servicio; la cual se ANULA. NO PROCEDE la condenatoria en costas al Fisco Nacional, en los términos expuestos en este fallo.