La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decide sobre un Recurso de Hecho interpuesto por Lorenzo Alejandro Mendoza Quintero, representado por Vicente Gil Carrasquero, en relación a un auto del Tribunal de Sustanciación. Se destaca que han transcurrido más de 43 años sin impulso procesal del recurso presentado. La Sala ordena notificar al demandante para que manifieste su interés en la decisión del recurso dentro de un plazo de diez días.
Extracto de la motiva
En atención al criterio antes señalado, este Órgano Jurisdiccional estima necesario requerir a la parte actora que manifieste su interés en el recurso de hecho bajo estudio, tomando en cuenta a efectos de su notificación, lo establecido por la Sala Constitucional en decisión Nro. 04294 del 12 de diciembre de 2005, respecto a que en casos como el de autos la notificación debe efectuarse “(…) en cualquiera de las formas previstas en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, si ello fuere posible, y de no serlo, por no conocer el tribunal dónde realizar la notificación, o por no poder publicar el cartel, con la fijación de un cartel en las puertas del tribunal”. Así pues, visto el tiempo transcurrido desde la oportunidad en que la parte recurrente mediante recurso de hecho interpuesto, y en aplicación del criterio sentado por la Sala Constitucional de este Alto Tribunal, se ordena notificar a la representación judicial del ciudadano Lorenzo Alejandro Mendoza Quintero, para que dentro de un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos su notificación, manifieste su interés en que se decida el presente recurso. Así se decide. En caso de no ser posible la notificación personal del prenombrado ciudadano, ésta deberá practicarse mediante cartel publicado en la cartelera de esta Sala, conforme a lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia vigente.
Dispositiva
ORDENA la notificación a la representación judicial del ciudadano LORENZO ALEJANDRO MENDOZA QUINTERO, para que dentro del lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de la constancia en el expediente de la notificación practicada, manifieste su interés en que se decida la causa.
Palabras clave
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