Sentencia N° 103 — Sala Político Administrativa del TSJ, 14 de febrero de 2012

TSJ/SPA, Sent. N° 00103, Exp. 2010-0110, 15/02/2012
Expediente2010-0110
PonenteMÓNICA G. MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2012-02-14
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional contra la sentencia N° 498-2009, que había declarado parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario de la Alcaldía del Municipio García de Hevia. La Sala determinó que el requerimiento de pago emitido por el SENIAT era irrecurrible, pero al mismo tiempo se pronunció sobre la firmeza del acto sancionatorio que sustentaba dicho requerimiento. Finalmente, se anuló el requerimiento de pago y se confirmaron las resoluciones administrativas que imponían sanciones a la Alcaldía.

Extracto de la motiva

De acuerdo a los argumentos reseñados y de la información contenida en las actas, observa la Sala que la presente controversia se circunscribe a verificar la juridicidad de la sentencia N° 498-2009 de fecha 09 de julio de 2009, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes, en la cual declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la Alcaldía del Municipio García de Hevia del Estado Táchira contra: i) el Requerimiento de Pago N° SNAT/INTI/GRTI/RLA/SLF/AR/CA/2008-E-174 de fecha 01 de octubre de 2008, emanado del Sector de Tributos Internos La Fría de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Los Andes del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), en el cual se insta a la referida entidad a la cancelación de unas supuestas acreencias líquidas y exigibles a favor de la República por un monto de Bs. 639.226,28; y ii) la “RESOLUCIÓN ARTÍCULO 191 C.O.T.” N° SNAT/INTI/GRTIRLA-DSA-2008-011 sin fecha, emitida por la División de Sumario Administrativo de la mencionada Gerencia Regional, a través de la cual impuso a su cargo sanciones de multas y liquidó intereses moratorios, frente a la constatación de diversos incumplimientos de deberes formales en su condición de agente de retención del impuesto al valor agregado, durante los períodos impositivos comprendidos desde el mes de agosto de 2005 hasta el mes de agosto de 2006. En tal sentido, corresponderá a esta Máxima Instancia pronunciarse sobre el mérito del invocado vicio de incongruencia, generado, en criterio de la representación fiscal, al declarar el juez de la causa que el prenombrado requerimiento de pago no era recurrible por tratarse de un acto de mero trámite, y luego pronunciarse “(…) sobre el fondo del acto administrativo que se encontraba definitivamente firme y que dio origen a dicho requerimiento (…)”.

Dispositiva

1. CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial del FISCO NACIONAL contra la sentencia 498-2009 de fecha 09 de julio de 2009, el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO GARCÍA DE HEVIA DEL ESTADO TÁCHIRA contra el Requerimiento de Pago N° SNAT/INTI/GRTI/RLA/SLF/AR/CA/2008-E-174 de fecha 01 de octubre de 2008, emanado del Sector de Tributos Internos La Fría de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Los Andes del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) y contra la “RESOLUCIÓN ARTÍCULO 191 C.O.T.” N° SNAT/INTI/GRTIRLA-DSA-2008-011 sin fecha, emitida por la División de Sumario Administrativo de la mencionada Gerencia Regional. En consecuencia, se ANULA el fallo recurrido en apelación. 2. PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto. En consecuencia: 2.1. Se ANULA el Requerimiento de Pago N° SNAT/INTI/GRTI/RLA/SLF/AR/CA/2008-E-174 de fecha 01 de octubre de 2008, emanado del Sector de Tributos Internos La Fría de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Los Andes del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). 2.2. Quedan FIRMES la Resolución “ARTÍCULO 191 C.O.T.” N° SNAT/INTI/GRTIRLA-DSA-2008-011 sin fecha, emitida por la División de Sumario Administrativo de la mencionada Gerencia Regional y el Acta de Reparo N° GRTI/RLA/DF/F/IVA/AR/2007-45 de fecha 20 de junio de 2007. 3. Se ordena notificar al Síndico Procurador Municipal.

Palabras clave

recurso contencioso tributarioSENIATrequerimiento de pagoacta de reparoresolución administrativa

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