Sentencia N° 103 — Sala Político Administrativa del TSJ, 24 de enero de 2002

TSJ/SPA, Sent. N° 00103, Exp. 14894, 29/01/2002
Expediente14894
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2002-01-24
DecisiónCon Lugar

Resumen

La sentencia del Tribunal Supremo de Justicia, Sala Político-Administrativa, revoca la decisión del Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario que había declarado con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad CONSORCIO SERAL HORIZONTE, C.A. contra actos administrativos de la Contraloría General de la República. La Sala determina que el procedimiento de determinación de oficio aplicado por la Contraloría fue legal y ajustado a derecho, permitiendo la imposición de reparos por omisión de sanciones debido a la conducta omisa de la contribuyente en sus obligaciones tributarias.

Extracto de la motiva

En virtud de la declaratoria contenida en el fallo recurrido y de las alegaciones formuladas por el apelante, en representación de la Contraloría General de la República, la controversia planteada en el caso sub júdice se circunscribe a decidir respecto a la legalidad del procedimiento aplicado por el órgano contralor para determinar de oficio, a cargo de la contribuyente, sus rentas gravables, costos y deducciones, que le fueran reparadas para sus ejercicios económicos coincidentes con los años civiles 1988, 1989 y 1990; procedimiento de determinación sobre el cual fundamentó las resoluciones reformatorias dictadas en ocasión de decidir el recurso jerárquico ejercido contra los correlativos reparos. De ser estimado procedente, luego se habrá de resolver lo atinente a la legalidad de cada uno de los conceptos reparados en su fondo y así también verificar la procedencia de la sanción impuesta. Sin embargo, antes también debe la Sala pronunciarse sobre el vicio que, a decir de la apelante, afecta al fallo de instancia, y al efecto observa: De acuerdo a lo denunciado por el apelante, el a quo en su fallo incurrió en el supuesto a que se refiere el ordinal 2º del artículo 313 del Código de Procedimiento Civil, pues entiende que interpretó erróneamente las normas sobre determinación tributaria citadas como fundamento de su sentencia. Sobre el particular, la Sala precisa destacar que el denunciante omite que la infracción de actividad descrita en la citada norma puede invocarse sólo en determinadas circunstancias; y exclusivamente contra las sentencias referidas en el artículo 312 eiusdem, es decir, contra las cuales pueda proponerse el recurso de casación, no así para pretender que sea declarada la nulidad del fallo de instancia apelado en el presente caso, en cuya virtud debe esta alzada desestimar el referido alegato del apoderado judicial de la Contraloría. Así se declara.

Dispositiva

1.- CON LUGAR la apelación interpuesta por la representante de la CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA, contra la sentencia dictada el 25 de mayo de 1998 por el Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario, la cual se REVOCA íntegramente. 2.- En consecuencia, SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil CONSORCIO SERAL HORIZONTE, C.A., R.I.F Nº J-00223265-0, contra los actos administrativos contenidos en las Resoluciones signadas números DGSJ-3-4-091, 097 y 096, todas de fecha 29 de diciembre de 1994, por montos respectivos de Bs. 8.490.380,70, Bs. 3.240.765,84 y Bs. 419.842,26; reformatorias de los reparos números Nos. DGAC-4-3-2-52, 53 y 54 del 10 de noviembre de 1992, actos formulados a su cargo por la Contraloría General de la República. 3.- A tenor de lo dispuesto en el artículo 327 del Código Orgánico Tributario aplicable, publicado en la Gaceta Oficial Nº 37.305 de fecha 17 de octubre de 2001, y declarado como ha sido totalmente sin lugar el referido recurso contencioso tributario, se condena en costas a la precitada contribuyente.

Palabras clave

recurso contencioso tributariodeterminación de oficiosanciones tributariascontraloría generalobligaciones tributariasreparos fiscalesimpuesto sobre la renta

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