La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer de un recurso de nulidad y amparo constitucional interpuesto por Yoly Josefina Rondón contra actos administrativos del Ministerio de Educación. La Sala determinó que la competencia corresponde al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro-Norte, en virtud de la naturaleza de la acción deducida y la normativa aplicable. Se declaró la incompetencia de los juzgados de primera instancia y se ordenó remitir el expediente al tribunal correspondiente.
Extracto de la motiva
La regulación de competencia efectivamente corresponde a esta Sala Político Administrativa. Así se declara. En consecuencia, la competencia para conocer del presente asunto corresponde al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro-Norte. Así se declara.
Dispositiva
Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que LA COMPETENCIA para conocer y decidir la presente controversia corresponde al JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO-NORTE. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente junto con oficio al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro-Norte y copia certificada de la presente decisión al Juzgado de Primera Instancia Agraria y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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