El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, declara desistida tácitamente la apelación interpuesta por la sociedad mercantil PERFUMERÍA LAS VILLAS TAMANACO, C.A. contra la sentencia definitiva número 005/2022 del 31 de mayo de 2022. La decisión se basa en el incumplimiento de la parte apelante de presentar el escrito de fundamentación de la apelación dentro del plazo legal establecido, lo que conlleva a la firmeza del fallo recurrido.
La Sala resalta que la carga procesal de fundamentar la apelación recae sobre el apelante, y al no haber cumplido con esta obligación, se confirma la resolución administrativa que impuso sanciones a la contribuyente por incumplimientos tributarios. Se establece que la falta de presentación del escrito de fundamentación implica el desistimiento tácito de la apelación.
Finalmente, se ordena la publicación y registro de la sentencia, así como la notificación a la Procuraduría General de la República y el remitir el expediente al tribunal de origen.
Extracto de la motiva
MOTIVACIONES PARA DECIDIR Una vez examinados los alegatos expuestos por la recurrente de las consideraciones, observaciones y alegaciones expuestas por la representación judicial de la República, este tribunal colige que el thema decidendum está referido a determinar si ciertamente la Administración Tributaria incurrió en el vicio de falso supuesto de hecho y derecho al señalar que la sociedad mercantil Perfumería las Villas Tamanaco, C.A. no cuenta con los soportes que respalden la deducción de [los] gastos registrados correspondientes a los ejercicios fiscales comprendidos desde el 1° de abril de 2011 al 31 de marzo de 2012, 1° de abril de 2012 al 31 de marzo de 2013, 1° de abril de 2013 al 31 de marzo de 2014, siendo sancionada al infringir lo establecido en el artículo 23, Parágrafo Primero, 27 y 90 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta. Delimitada como ha sido la litis, este Tribunal pasa a emitir pronunciamiento de fondo, en los siguientes términos: (…) Al respecto debe este tribunal analizar en el caso de autos la efectiva comprobación para la procedencia de la deducibilidad de los gastos objeto de fiscalización. En sintonía con lo anterior, este Tribunal observa que cursa a los folios 137 al 156 del Acta de reparo N° SNAT/INTI/GRTI/RCA/ DF/ISLR/-IV
Dispositiva
En virtud de las razones precedentemente expuestas este Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: DESISTIDA TÁCITAMENTE la apelación incoada por el representante judicial de la sociedad mercantil PERFUMERÍA LAS VILLAS TAMANACO, C.A., contra la sentencia definitiva número 005/2022 dictada el 31 de mayo de 2022 por el Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas del recurso contencioso tributario interpuesto en fecha 19 de octubre de 2016, por la representación en juicio de la mencionada empresa; por consiguiente, queda FIRME dicho fallo.
Palabras clave
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