La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso contencioso tributario interpuesto por la empresa SUDEGAS, C.A. contra la Resolución de la Alcaldía del Municipio Valencia que impuso reparo fiscal por impuestos no liquidados. La Sala declaró con lugar el recurso, argumentando que la resolución administrativa fue emitida fuera del plazo legal, lo que invalidó el acto administrativo. Asimismo, se determinó que el Municipio Valencia no debía pagar costas procesales debido a su condición de ente público.
Extracto de la motiva
La Sala considera que el acto administrativo recurrido es nulo por haber sido dictado y notificado fuera del lapso legalmente establecido, lo que trae como consecuencia la conclusión del 'Sumario y el Acta invalidada y sin efecto legal alguno'. En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial del MUNICIPIO VALENCIA DEL ESTADO CARABOBO contra la sentencia definitiva N° 2640 del 27 de febrero de 2012, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, el cual se ANULA en los términos expresados en el presente fallo.
Dispositiva
1.- SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial del MUNICIPIO VALENCIA DEL ESTADO CARABOBO contra la sentencia definitiva N° 2640 del 27 de febrero de 2012, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, el cual se ANULA en los términos expresados en el presente fallo. 2.- CON LUGAR el recurso contencioso tributario incoado por la representación judicial de la aludida sociedad de comercio contra la Resolución signada con letras y números RL/2010-06-216 del 23 de junio de 2010, la cual queda NULA.