La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad TODO EN FREGADERO, C.A. contra la Resolución Nro. SNAT/INTI/GRTI/RCN/DJT/AR/2014-000123 del 2 de abril de 2014, que confirmó sanciones impuestas por la Administración Tributaria. La sentencia establece que las sanciones deben calcularse aplicando las reglas de concurrencia de infracciones del Código Orgánico Tributario, lo que implica un ajuste en las multas impuestas. Además, se ordena a la Administración Tributaria emitir planillas sustitutivas de liquidación conforme a lo decidido en el fallo.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la aplicación de la concurrencia no puede ser sobre todas las sanciones de multa impugnadas a través del recurso contencioso tributario reformado, toda vez que se advierte de las actas procesales que la contribuyente fue objeto de dos procedimientos de verificación disímiles, por lo que debe atenderse a la figura de la concurrencia a cada uno de ellos por separado, conforme a lo dispuesto en el artículo 81 del Código Orgánico Tributario de 2001, que reza “siempre que las sanciones se impongan en un mismo procedimiento”. Así se declara.
Dispositiva
Por todas las razones arriba expuestas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: 1.- PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto en fecha el 30 de mayo de 2014 por el abogado Lubin Antonio Labrador Rondon, contra el acto administrativo a que se contrae la Resolución No. SNAT/INTI/GRTI/RCNT/DJT/AR/2014/000123 del 02 de Abril de 2014, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACION ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), que confirma los actos administrativos Nros. SNAT/INTI/GRTI/ RCNT/DCE/2012/440; SNAT/INTI/GRTI/RCNT/DCE/2012/441 ambas de fecha 22 de mayo de 2012 y SNAT/INTI/GRTI/ RCNT/DCE/2012/930; SNAT/INTI/GRTI/RCNT/DCE/2012/931 ambas de fecha 28 de agosto de 2012, emanadas todas de la División de Contribuyentes Especiales de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACION ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), mediante las cuales se le impusieron a la parte recurrente sanciones e intereses de mora por enterar con retardo las cantidades correspondientes a las retenciones de impuesto al valor agregado (I.V.A) en el periodo de imposición de Julio y Agosto de 2011 por monto total de Bs 204.046,86 equivalentes a un total de 1.096,98 Unidades Tributarias (U.T) al igual que las planillas de liquidación emitidas en base a estas resoluciones, las cuales se anulan parcialmente, únicamente en lo relativo a la aplicación del artículo 81 del Código Orgánico Tributario 2001, respecto de la concurrencia de ilícitos Tributarios.
Palabras clave
Contencioso TributarioSancionesConcurrencia de Infracciones