La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, ordena notificar nuevamente a la Procuraduría General de la República para que emita su opinión sobre las transacciones judiciales entre las empresas demandantes y Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA). Se otorga un lapso de diez días para que la Procuraduría consigne su respuesta, advirtiendo que de no hacerlo, se decidirá con los elementos existentes en el expediente. La decisión se fundamenta en la necesidad de proteger los intereses patrimoniales de la República.
Extracto de la motiva
motiva de presente decisión, a los fines de determinar el monto por concepto de lucro cesante que debe cancelar PETRÓLEOS DE VENEZUELA, S.A. (PDVSA), por haber sido vencida totalmente, en lo atinente a la acción principal, de acuerdo a las preceptuado en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. Se declara SIN LUGAR la reconvención propuesta por PETRÓLEOS DE VENEZUELA, S.A. (PDVSA). En consecuencia, se condena en costas a PETRÓLEOS DE VENEZUELA, S.A. (PDVSA) por haber sido totalmente vencida en el presente juicio, en lo relativo a la reconvención en base a lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil (…)”. (Sic). (Resaltado y mayúsculas del original)”. Mediante auto del 6 de mayo de 1999, se fijó el acto de designación de expertos para el segundo (2°) día de despacho, a fin de la realización de la experticia complementaria
Dispositiva
ORDENA nuevamente notificar a la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, a fin que exponga su opinión sobre las transacciones judiciales suscritas entre la empresa PETRÓLEOS DE VENEZUELA, S.A. (PDVSA) y las empresas demandantes SOCIEDAD DE CORRETAJE DE SEGUROS SCORT, C.A., y SOCIEDAD DE CORRETAJE DE SEGUROS ANALISIS y TÉCNICA ANATEC, C.A., para lo cual se les otorga un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos su notificación, para que consigne su respuesta; con la advertencia que de no remitir la opinión solicitada en el lapso antes previsto, se decidirá con los elementos existentes en el expediente.