Sentencia N° 1018 — Sala Político Administrativa del TSJ, 20 de octubre de 2010

TSJ/SPA, Sent. N° 01018, Exp. 2009-0475, 21/10/2010
Expediente2009-0475
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2010-10-20
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso contencioso administrativo de nulidad y acción de amparo constitucional interpuesto por el Consorcio Simón Rodríguez contra un acto denegatorio del Ministerio del Poder Popular para las Industrias Básicas y Minería. La Sala admitió el recurso de nulidad, pero declaró inadmisible la acción de amparo cautelar, ordenando la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación.

Extracto de la motiva

En el caso bajo examen el cartel de emplazamiento a los terceros interesados fue librado en la misma fecha en que se publicó en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.447 la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la cual contempla su entrada en vigencia en esa misma fecha, esto es, el 16 de junio de 2010. En el artículo 80 de la mencionada Ley no se exige la publicación del aludido cartel para el recurso contencioso administrativo de nulidad de efectos particulares, a menos que el Tribunal así lo exija por auto motivado. No obstante, en el caso concreto se observa que el Juzgado de Sustanciación mediante auto librado el 10 de marzo de 2010 admitió el recurso contencioso administrativo de nulidad bajo estudio y ordenó librar '… el cartel a que se refiere el aparte once del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela…', aplicable ratione temporis. Por lo tanto, al haber sido ordenado el emplazamiento de los terceros interesados con antelación a la entrada en vigencia de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, esta Máxima Instancia concluye que correspondía a la parte actora cumplir con la carga procesal de retirar, publicar y consignar el aludido cartel.

Dispositiva

Por las consideraciones precedentemente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido conjuntamente con amparo cautelar contra el acto denegatorio tácito por haber operado el silencio administrativo del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS INDUSTRIAS BÁSICAS Y MINERÍA. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente judicial y devuélvase el administrativo. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

emplazamientocarteljurisdiccióncontencioso administrativoLey OrgánicaTribunal Supremodesistimiento

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