Sentencia N° 1017 — Sala Político Administrativa del TSJ, 27 de septiembre de 2017

TSJ/SPA, Sent. N° 01017, Exp. 2013-0212, 28/09/2017
Expediente2013-0212
PonenteINOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRegulacion de Jurisdiccion
Fecha de la decisión2017-09-27
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de regulación de jurisdicción interpuesto por Astolfo Segundo Núñez Borrego contra una decisión que declaró inadmisible su demanda contra el Banco Occidental de Descuento. La Sala revocó la decisión anterior, afirmando que el Poder Judicial tiene jurisdicción para conocer la demanda relacionada con la aplicación del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Atención al Sector Agrícola. Se determinó que el banco no cumplió con el procedimiento administrativo requerido, lo que llevó a la aceptación tácita de la solicitud de condonación de la deuda agrícola.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala Político-Administrativa Accidental dictar un nuevo pronunciamiento en virtud de la decisión Nro. 932 emanada de la Sala Constitucional de este Supremo Tribunal el 25 de junio de 2014, en la cual declaró Ha Lugar la solicitud de revisión constitucional presentada por el abogado Luis Alberto Camacho, actuando en su condición de apoderado judicial del ciudadano Astolfo Segundo Núñez Borrego, ya identificados, contra la sentencia Nro. 00959 de fecha 6 de agosto de 2013, dictada por esta Máxima Instancia; por lo cual anuló esta última y ordenó dictar una nueva decisión tomando en cuenta las consideraciones establecidas en ese fallo. A tal efecto, se observa que la demanda de autos tiene por objeto que se reconozca al accionante '…la aplicación del DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DE ATENCIÓN AL SECTOR AGRÍCOLA, como Ley de la República Bolivariana de Venezuela…', y, en consecuencia, proceda la accionada a la cancelación de la obligación asumida con ocasión al crédito que le fue otorgado, así como a la liberación del gravamen hipotecario que lo garantizaba.

Dispositiva

1.- CON LUGAR el recurso de regulación de jurisdicción incoado por la representación judicial del ciudadano ASTOLFO SEGUNDO NÚÑEZ BORREGO, contra la sentencia dictada el 13 de noviembre de 2012 por el Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2.- EL PODER JUDICIAL TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la demanda incoada por el aludido ciudadano contra la institución financiera BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL C.A., a los fines de que '…reconozca la aplicación del DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DE ATENCIÓN AL SECTOR AGRÍCOLA, como Ley de la República Bolivariana de Venezuela…' y, en consecuencia, proceda a la cancelación de la obligación asumida por su representada con ocasión al crédito que le fue otorgado por dicha institución bancaria, así como a la liberación del gravamen hipotecario que lo garantizaba. 3.- Se REVOCA el fallo recurrido.

Palabras clave

regulación de jurisdiccióndeuda agrícolacondonaciónBanco Occidental de Descuento

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