Sentencia N° 1017 — Sala Político Administrativa del TSJ, 20 de octubre de 2010

TSJ/SPA, Sent. N° 01017, Exp. 2008-0734, 21/10/2010
Expediente2008-0734
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2010-10-20
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Evelyn Marrero Ortiz, se pronunció sobre el recurso contencioso administrativo interpuesto por Jesús Ramón Villafañe Hernández contra la decisión de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, que lo amonestó y destituyó de su cargo como Juez Provisorio. La Sala declaró sin lugar el recurso, confirmando la decisión de la Comisión, al considerar que el juez incurrió en faltas disciplinarias al impedir el ejercicio del derecho a la defensa durante una audiencia preliminar, lo que vulneró las garantías procesales de los imputados. La sentencia fue firmada y sellada el 20 de octubre de 2010.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el juez investigado, hoy recurrente, incurrió en una conducta que lo hizo incumplir sus deberes legales y constitucionales al impedir que las partes explanaran sus defensas durante la Audiencia Preliminar celebrada el 17 de junio de 2005, todo lo cual, lo hace merecedor de la imposición de la sanción disciplinaria de destitución del cargo, contenida en el numeral 11 del artículo 40 la Ley de Carrera Judicial, aplicables ratione temporis. De allí que, no encuentra esta Sala que la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial haya subsumido incorrectamente los hechos a la consecuencia jurídica contenida en la aludida norma. En consecuencia, se desecha el vicio del falso supuesto de derecho denunciado. Así se declara.

Dispositiva

PRIMERO: NO HA LUGAR la solicitud de nulidad del procedimiento disciplinario formulada por el ciudadano JESÚS RAMÓN VILLAFAÑE HERNÁNDEZ, mediante escrito presentado ante [esa] Comisión el 18 de julio de 2007. SEGUNDO: AMONESTA, al ciudadano JESÚS RAMÓN VILLAFAÑE HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad número 4.981.040, al encontrarlo responsable de las faltas disciplinarias establecidas en los numerales 1 y 2 del artículo 38 de la Ley de Carrera Judicial, por actuaciones con ocasión a su desempeño como Juez Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Monagas. TERCERO: DESTITUYE, del cargo de Juez Primera Instancia al ciudadano JESÚS RAMÓN VILLAFAÑE HERNÁNDEZ, y de cualquier otro que ejerza en el Poder Judicial, por encontrarlo responsable de la falta disciplinarias establecida en el artículo 40, numeral 11 de la Ley de Carrera Judicial, por actuaciones con ocasión a su desempeño como Juez Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del referido Circuito Judicial Penal.

Palabras clave

nulidadamonestacióndestituciónderecho a la defensaprocedimiento disciplinario

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