La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declara sin lugar la demanda interpuesta por Raúl Omar Fuentes Rangel contra la C.A. Hidrológica de la Cordillera Andina (HIDROANDES). La parte actora alegó que su propiedad había sido invadida por un tanque de agua construido por el INOS, y solicitó la restitución del terreno y una indemnización por daños. Sin embargo, la Sala concluyó que no se demostró la propiedad del tanque por parte de HIDROANDES ni su responsabilidad en los daños alegados, lo que llevó a desestimar la acción.
Extracto de la motiva
La parte actora no cumplió con la carga de probar sus respectivas afirmaciones de hecho, lo que llevó a esta Sala a desestimar la demanda. Se concluyó que no se demostró que el tanque de agua perteneciera al INOS o a HIDROANDES, ni que la parte demandada tuviera cualidad o interés para sostener la presente demanda. Por lo tanto, se declaró sin lugar la acción interpuesta por la parte actora, condenando en costas a esta última.
Dispositiva
En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda interpuesta por el abogado Pedro Grau Méndez, en representación del ciudadano RAÚL OMAR FUENTES RANGEL, contra la C.A. HIDROLÓGICA DE LA CORDILLERA ANDINA (HIDROANDES). En consecuencia, se CONDENA EN COSTAS a la parte actora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Palabras clave
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