La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de acumulación de causas presentada por el apoderado judicial del ciudadano Domingos AIRES GONCALVES. Se argumentó que la acumulación es necesaria para evitar fallos contradictorios y optimizar recursos, dado que ambas causas guardan estrecha relación. La Sala determinó que existía conexión entre los procesos, ya que ambos involucraban la responsabilidad solidaria del demandado en relación a créditos fiscales.
Extracto de la motiva
La institución procesal de la acumulación obedece a la necesidad de evitar que eventualmente se dicten fallos contradictorios en causas que guardan entre si estrecha relación, además de favorecer la celeridad procesal, optimizando tiempo y recursos, al decidir en una sola sentencia asuntos respecto de los cuales no existe razón alguna para que se ventilen en distintos procesos (ver, entre otras, sentencia de esta Sala N° 0975 del 13 de junio de 2007, caso: Cedel Casa de Bolsa, C.A). En tal sentido, se advierte que cursa por ante la Sala Político-Administrativa el expediente N° 2012-0872 contentivo del recurso de apelación interpuesto por la representación judicial del ciudadano Domingos AIRES GONCALVES contra la sentencia interlocutoria N° PJ0082011000215 del 23 de noviembre de 2011, mediante la cual el Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas lo intimó, en su carácter de Director de la sociedad de comercio Gambling 777 Investor C.A. (Bingo La Fortuna) al pago de una deuda por concepto de contribuciones especiales y regalías, con ocasión de la demanda por juicio ejecutivo interpuesta por la Comisión Nacional de Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles, sobre la base de la Resolución Culminatoria de Sumario N° CNC/D/RCS-004/10 del 04 de octubre de 2010, confirmatoria del Acta de Reparo N° CNC/IN/2009-002 del 03 de agosto de 2009, por la cantidad de sesenta y cuatro millones ochocientos cuarenta y cuatro mil doscientos veintisiete bolívares con siete céntimos (Bs. 64.844.227,07).
Dispositiva
Atendiendo a los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la acumulación solicitada por el representante judicial del ciudadano Domingos AIRES GONCALVES. En consecuencia, se ORDENA acumular el procedimiento contenido en el expediente N° 2012-0872 a la presente causa. Se ACUERDA la notificación de las partes. Publíquese, regístrese y comuníquese. Anéxese copia de la presente decisión al expediente Nº 2012-0872. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
acumulación de causascréditos fiscalesresponsabilidad solidaria