La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara el desistimiento del recurso de apelación interpuesto por MEDITRON, C.A. contra la sentencia N° 1593 del 17 de febrero de 2012, que había declarado sin lugar el recurso contencioso tributario. La apelación fue considerada desistida por falta de fundamentación, ya que la parte apelante no presentó el escrito requerido dentro del lapso establecido por la ley. La decisión reafirma la firmeza del fallo apelado y ordena la devolución del expediente al tribunal de origen.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la falta de fundamentación de la apelación se traduce en un desistimiento tácito, conforme a lo dispuesto en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Se destaca que la carga procesal de fundamentación es esencial para el ejercicio del recurso de apelación, y su incumplimiento impide que la Sala pueda conocer y decidir sobre el fondo del asunto. En consecuencia, se declara el desistimiento de la apelación ejercida por la representación judicial de MEDITRON, C.A.
Dispositiva
Se declara el DESISTIMIENTO del recurso de apelación ejercido por la abogada María Lodis de Morales, actuando en representación de la sociedad mercantil MEDITRON, C.A., contra la sentencia N° 1593 del 17 de febrero de 2012, dictada por el Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso contencioso tributario interpuesto contra las Resoluciones Administrativas signadas con los alfanuméricos “SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2011-0486 y 0487”. En consecuencia, queda FIRME el fallo apelado.