Sentencia N° 101 — Sala Político Administrativa del TSJ, 27 de enero de 2016

TSJ/SPA, Sent. N° 00101, Exp. 2015-0404, 28/01/2016
Expediente2015-0404
PonenteINOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2016-01-27
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre los recursos de apelación interpuestos por la sociedad Distribuidora Dorta Margarita, C.A. contra dos autos dictados por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario. En el primer auto, se negó la solicitud de una nueva propuesta de transacción judicial y se estableció que el lapso para la presentación de informes había vencido. En el segundo auto, se declaró vencido el lapso para la consignación de informes y se indicó que el lapso para sentenciar comenzó a transcurrir. La Sala confirmó los autos apelados, considerando que no se vulneraron derechos procesales de la recurrente.

Extracto de la motiva

Corresponde a la Sala pronunciarse en esta oportunidad sobre los recursos de apelación incoados por la representación judicial de la sociedad de comercio Distribuidora Dorta Margarita, C.A., contra los autos dictados por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental en fechas 13 y 19 de febrero de 2015, en los cuales se acordó lo siguiente: a) En el auto dictado el 13 de febrero de 2015: i) negar la solicitud relacionada con la nueva propuesta de transacción judicial realizada por la contribuyente el 25 de noviembre de 2014; y ii) establecer que el lapso para la presentación de informes en la presente causa se había consumado, según el cómputo efectuado por secretaría durante los días 21, 22, 23, 27, 28, 30 de enero de 2015; 3, 4, 5, 6, 9, 10, 11, 12 y 13 de febrero del mismo año. b) En el auto dictado el 19 de febrero de 2015, en el cual se declaró vencido el lapso para la consignación de los informes, desde el 13 de febrero de 2015, indicándose que el lapso para sentenciar comenzó a transcurrir el 18 del mismo mes y año.

Dispositiva

1.- SIN LUGAR los recursos de apelación interpuestos por la abogada Ana Virginia Ramos Gómez, antes identificada, actuando en su condición de apoderada judicial de la sociedad de comercio DISTRIBUIDORA DORTA MARGARITA, C.A., contra los autos dictados en fechas 13 y 19 de febrero de 2015 por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, los cuales se CONFIRMAN. Publíquese, regístrese y comuníquese. Notifíquese de la presente decisión a la Procuraduría General de la República. Remítase el expediente al tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

apelacióntransacciónproceso tributarioautocomposiciónderecho tributarioCódigo Orgánico Tributario

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