Sentencia N° 1000 — Sala Político Administrativa del TSJ, 19 de octubre de 2010

TSJ/SPA, Sent. N° 01000, Exp. 2000-0061, 20/10/2010
Expediente2000-0061
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2010-10-19
DecisiónEXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara la extinción de la acción por pérdida del interés en la demanda interpuesta por Domingo De La Cruz González Vageón contra el Municipio Páez del Estado Apure. La decisión se fundamenta en la inactividad procesal del demandante desde agosto de 2003, lo que llevó a la conclusión de que no se ha impulsado el juicio en un periodo prolongado. Se hace referencia a sentencias anteriores que establecen el derecho de acceso a la justicia y la necesidad de mantener el interés procesal a lo largo del proceso.

Extracto de la motiva

De la revisión del expediente aprecia este Alto Tribunal que la presente causa fue sustanciada en su totalidad y el 31 de junio de 2001 se dijo “Vistos”. Asimismo, se observa que desde la fecha de la última actuación del demandante, esto es el 12 de agosto de 2003, oportunidad en la cual su representante judicial solicitó que se designara nuevo ponente y se dictara sentencia, han transcurrido siete (7) años, sin que éste haya impulsado el proceso; razón por la cual esta Sala concluye que en el presente caso se debe declarar extinguida la acción por pérdida del interés (ver sentencias de esta Sala números 446 y 771, de fechas 26 de mayo y 28 de julio de 2010, respectivamente). Así se establece.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos antes expuestos, esta Sala Político-Administrativa Accidental del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS en la demanda incoada por el ciudadano DOMINGO DE LA CRUZ GONZÁLEZ VAGEÓN contra el MUNICIPIO PÁEZ DEL ESTADO APURE, por cumplimiento de contrato e indemnización de daños y perjuicios. Publíquese, regístrese y comuníquese. Notifíquese al Síndico Procurador Municipal del Municipio Páez del Estado Apure, de conformidad con el artículo 152 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

extinción de acciónpérdida de interéscontencioso administrativo

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