La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre un recurso contencioso tributario interpuesto por el Fisco Nacional contra la sentencia del Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario que había declarado con lugar el recurso de apelación. La Sala confirmó la decisión del tribunal inferior, anulando la Providencia Administrativa Nro. RCA-DF-VDF/2009-4827 y la Resolución de Imposición de Sanción Nro. 4827, por no cumplir con las formalidades exigidas por la ley. Se destacó que la falta de identificación del contribuyente y su domicilio en la providencia administrativa hacía nula dicha actuación.
Extracto de la motiva
La Sala constata que el Tribunal de instancia en el texto de la decisión apelada expresa lo siguiente: “(…) es evidente (…) que la mencionada Providencia RCA-DF–VDF/2009-4827 carece de las formalidades o requisitos exigidos en el artículo 18 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, en concordancia con lo establecido en el Parágrafo Único del artículo 172 del Código Orgánico Tributario de 2001, los cuales son de estricto cumplimiento por parte de los órganos de la Administración Pública y su inobservancia podría ser sancionada con la nulidad del acto. En efecto, se aprecia de los autos que el referido acto administrativo fue emitido sin cumplir con un requisito esencial como lo es el nombre de la persona u órgano a quien va dirigido, es decir, el destinatario. (…) Ahora bien, no hay dudas para este Tribunal que la Providencia objeto de análisis incumplió con algunos de los requisitos formales que debe llevar todo acto administrativo, entre ellos -la falta de indicación del nombre y el domicilio del contribuyente a ser verificado-, defecto que al no haber sido subsanado hace nula dicha Providencia y las actuaciones fiscales subsiguientes.”
Dispositiva
1.- SIN LUGAR la apelación ejercida por la representación judicial del FISCO NACIONAL, contra la sentencia definitiva Nro. 0028/2013 dictada por el Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 16 de abril de 2013, la cual se CONFIRMA. 2.- CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos, contra la Resolución de Imposición de Sanción Nro. 4827 del 18 de junio de 2012 y sus respectivas Planillas de Liquidación, emitidas por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), actos administrativos que se ANULAN.