Sentencia N° 99 — Sala Plena del TSJ, 11 de febrero de 2015

TSJ/SP, Sent. N° 99, Exp. 2012-000151, 04/11/2015
Expediente2012-000151
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRegulacion de Competencia
Fecha de la decisión2015-02-11
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la regulación de competencia en una acción mero declarativa interpuesta por Benjamín La Cruz Alastre, en representación de la sociedad Resort Falcón Médano Beach, C.A., en relación con un decreto de expropiación emitido por la Gobernación del Estado Falcón. La Sala declaró inadmisible la solicitud de regulación de competencia efectuada de oficio por el Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y determinó que corresponde al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Estado Falcón conocer y decidir sobre la acción presentada. La decisión se fundamenta en la necesidad de que el tribunal competente para conocer de la acción mero declarativa es el Juzgado de Primera Instancia Civil, dado que se trata de un asunto relacionado con procedimientos de expropiación. La Sala Plena reafirmó que la competencia para el conocimiento del caso corresponde al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, y exhortó a evitar dilaciones indebidas en el proceso judicial. Finalmente, se ordenó la remisión del expediente al órgano jurisdiccional declarado competente para que la causa siga su curso de ley.

Extracto de la motiva

motivado y razonado (…) quedando establecido en el Informe de Avaluó presentado, la tasación del inmueble afectado por dicha expropiación en treinta y siete millones, setecientos veintiocho mil cuatrocientos cincuenta y ocho bolívares con sesenta y cinco céntimos (Bs. 37.728.458,65) (…)” (sic). (Mayúsculas del original). Explicó que “(…) En fecha 13 de mayo del 2010, yo BENJAMIN LA CRUZ ALASTRE, en mi carácter de Presidente de RESORT FALCON MEDANO BEACH C.A., concurrí (…) al Despacho de la Procuraduría General del Estado Falcón y me impuse de las actas del expediente instruido por ese Despacho, en relación con el Decreto N° 161 de fecha 04-02-2010 y habiendo analizado a cabalidad el Informe de Avalúo practicado por la Comisión designada, que determinó el justiprecio del inmueble de mi representada, afectado por dicho Decreto de Expropiación, procedí en fecha 17/05/2010 ha (sic) aceptar en representación de RESORT FALCON MEDANO BEACH C.A., por diligencia estampada en las actas del expediente de expropiación N° EPUPS-0001-2010, que lleva esa Procuraduría, el justiprecio determinado por dicha Comisión (…) y asimismo manifesté mi aceptación de ese Informe pericial

Dispositiva

1.- INADMISIBLE la solicitud de regulación de la competencia efectuada de oficio por el Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. 2.- QUE CORRESPONDE al JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, la COMPETENCIA para conocer y decidir la “acción mero declarativa” interpuesta por el Presidente de la sociedad de comercio RESORT FALCÓN MÉDANO BEACH, C.A., “(…) en relación con el Decreto No. 161 de fecha 03 de febrero del año 2010, dictado por la Gobernación del Estado y publicado en la Gaceta Oficial del Estado Falcón en fecha 04 de febrero del año 2010, Edición Extraordinaria, por el cual se procedió a expropiar bienes muebles e inmuebles propiedad de mi representada, que acompaño (…) con el objeto determinado de que ese Tribunal, competente por la materia, declare la certeza y validez del INFORME DE AVALÚO producido en el procedimiento que en vía administrativa se desarrolla por ante la Procuraduría General del Estado Falcón (…)”.

Palabras clave

expropiaciónjustiprecioinforme pericialcompetenciaindemnizaciónseguridad jurídica

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