Sentencia N° 97 — Sala Plena del TSJ, 11 de abril de 2007

TSJ/SP, Sent. N° 97, Exp. 2006-00199, 15/05/2007
Expediente2006-00199
PonenteRAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO
MateriaCivil
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2007-04-11
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, ambos del Estado Falcón. El conflicto surgió a raíz de una demanda de cumplimiento de contrato de arrendamiento interpuesta por PDVSA PETRÓLEO, S.A. contra Carlos Pimentel, donde se alegaba que el contrato de arrendamiento tenía su origen en una relación laboral entre las partes. La Sala determinó que la competencia para conocer del caso correspondía al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, argumentando que la naturaleza del contrato de arrendamiento estaba vinculada a la relación laboral existente. Se destacó que la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece que los tribunales laborales son competentes para conocer asuntos contenciosos que surjan de relaciones laborales. Finalmente, la Sala Plena declaró su competencia para resolver el conflicto y ordenó remitir las actuaciones al juzgado correspondiente, reafirmando la importancia de la correcta determinación de la competencia judicial en casos que involucran relaciones laborales y contractuales.

Extracto de la motiva

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, al asumir la competencia para conocer del conflicto negativo de competencia planteado entre el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito y el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo, establece que la competencia para conocer de la demanda de cumplimiento de contrato de arrendamiento ejercida por el apoderado judicial de PDVSA PETRÓLEO, S.A., contra el ciudadano CARLOS PIMENTEL, corresponde al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. En consecuencia, remítanse las presentes actuaciones, con oficio, al mencionado Juzgado.

Dispositiva

PRIMERO: Que es COMPETENTE para conocer el conflicto negativo de competencia planteado en el presente caso entre el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo y el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito, ambos de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. SEGUNDO: Que la COMPETENCIA para conocer la demanda de cumplimiento de contrato de arrendamiento ejercida por el apoderado judicial de PDVSA PETRÓLEO, S.A., contra el ciudadano CARLOS PIMENTEL, antes identificado, corresponde al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. En consecuencia, remítanse las presentes actuaciones, con oficio, al mencionado Juzgado.

Palabras clave

conflicto de competenciaarrendamientorelación laboraljurisdicción civiljurisdicción laboralCódigo CivilLey Orgánica Procesal del Trabajo

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