Sentencia N° 87 — Sala Plena del TSJ, 4 de junio de 2008
TSJ/SP, Sent. N° 87, Exp. 2006-00134, 16/07/2008
Expediente2006-00134
PonenteLUIS ALFREDO SUCRE CUBA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-06-04
DecisiónINCOMPETENTE
Resumen
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental y la Sala Electoral, en relación a una acción de amparo constitucional interpuesta por un sindicato. La Sala Plena declaró su incompetencia para dirimir el conflicto y declinó el conocimiento del mismo a la Sala Constitucional, argumentando que esta última es la que tiene atribución para conocer de los conflictos de competencia en materia constitucional.
Extracto de la motiva
Esta Sala estima que no tiene atribución para conocer del conflicto negativo de competencia planteado en sede constitucional entre el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental y la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, y declina el conocimiento de esta causa en la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, por ser la Sala afín con la materia y naturaleza del asunto debatido, de conformidad con lo establecido en el artículo 5.51 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, y así se decide.
Dispositiva
En mérito de lo antes expuesto, esta Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INCOMPETENTE para dirimir el conflicto negativo de competencia suscitado en sede constitucional entre el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental y la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, y DECLINA en la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, la competencia para resolver el mismo. Publíquese y regístrese. Remítase el presente expediente a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
amparo constitucionalconflicto de competenciasindicatoderechos constitucionalesinspectoría del trabajojurisdicción constitucional