Sentencia N° 85 — Sala Plena del TSJ, 7 de marzo de 2007

TSJ/SP, Sent. N° 85, Exp. 2006-00070, 03/05/2007
Expediente2006-00070
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2007-03-07
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas y el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil. El caso se originó a raíz de un recurso de apelación interpuesto por el abogado Harold Paredes Bracamonte en un juicio por hurto de ganado vacuno. La Sala determinó que la Corte de Apelaciones era el órgano competente para conocer de la apelación y resolver la solicitud de entrega de semovientes.

Extracto de la motiva

Antes de emitir cualquier pronunciamiento, debe esta Sala determinar su competencia para conocer y decidir el caso en cuestión; en este orden de ideas cabe destacar que la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en su artículo 5, numeral 51, establece que la Sala afín con la materia y la naturaleza del asunto debatido es la competente para decidir los conflictos de competencia entre tribunales que no tengan un superior común a ellos en el orden jerárquico. Asimismo, la Sala Plena de este máximo Tribunal, en fallo N° 24 del 26 de octubre del año 2004, indicó puntualmente: (...) Así las cosas, debe esta Sala asumir la competencia a fin de establecer cuál es el tribunal competente para conocer de la demanda, especialmente porque es la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia la más apropiada para resolver los conflictos de competencia entre tribunales de distintas “jurisdicciones” sin un superior común, no sólo por tener atribuida esta Sala la competencia, ya que todas las Salas la tienen, sino especialmente en razón de su composición, ya que reúne a los magistrados de todos los ámbitos competenciales, lo que permite en esta instancia analizar de mejor manera y desde todos los puntos de vista, a qué tribunal debe corresponder conocer de una causa en la que haya duda sobre cuál juzgado deba conocerla en cuanto a la competencia por la materia. Así se declara (...).

Dispositiva

Por lo antes expuesto, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Plena, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) SU COMPETENCIA para conocer del conflicto negativo de competencia planteado entre la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, con sede en la ciudad de Barinas y el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la misma Circunscripción Judicial; y 2) QUE CORRESPONDE a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, con sede en la ciudad de Barinas, la competencia para conocer en alzada de la solicitud de entrega de semovientes propuesta en el presente juicio por hurto de ganado vacuno seguido por el ciudadano LUIGI MAZZONE contra el ciudadano ANTONIO CASTILLO.

Palabras clave

conflicto de competenciajurisdicción penalentrega de semovienteshurto de ganadoapelaciónCorte de Apelacionesjuzgado civil

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